Así funcionará la Oficina Municipal contra el Fraude y la Corrupción

El anteproyecto, en consulta pública hasta el 18 de febrero, recoge una férrea vigilancia de las declaraciones patrimoniales de los altos cargos.

Vista general del salón de plenos del Ayuntamiento de Zaragoza
Vista general del salón de plenos del Ayuntamiento de Zaragoza
Guillermo Mestre

Con muchas dudas sobre su dotación presupuestaria para este año e incluso sobre si verá la luz esta legislatura, avanza la tramitación administrativa para la creación de la Oficina Municipal del Ayuntamiento de Zaragoza contra el Fraude y la Corrupción cuyo anteproyecto estará en consulta pública hasta el próximo 18 de febrero. Aunque su objetivo final es "impulsar acciones que contribuyan a garantizar la ética pública y la integridad de los cargos y empleados públicos y comprobar actuaciones en las que pudieran darse situaciones de fraude  de cualquier aprovechamiento irregular", el proyecto prevé ejercer, además, una férrea vigilancia de las retribuciones y declaraciones patrimoniales de los cargos públicos. Así se especifica en el título III, en el que otorga a esta oficina la responsabilidad de dar publicidad a través de la página web institucional a las declaraciones patrimoniales que incluyan los bienes, derechos, obligaciones y actividades de los cargos públicos. Establece, además, la creación de un 'Registro de declaraciones patrimoniales y de actividades' al que se incorporarán los rentas correspondientes al año inmediatamente anterior a la toma de posesión y la realización de un exhaustivo examen de la situación patrimonial de los cargos públicos al finalizar su mandato. 

Las declaraciones deberán comprender, como mínimo, la totalidad de bienes, derechos y obligaciones patrimoniales que posean, las actividades que ejerzan o hayan ejercido durante los dos años anteriores a su toma de posesión, sus valores o activos negociables, sus participaciones societarias, el objeto social de las sociedades de cualquier tipo en el que tengan intereses el cargo público, su cónyuge o pareja estable, hijos o personas tuteladas, y las relaciones en materia de contratación con cualquier administración pública de los miembros de la unidad familiar. El anteproyecto establece, además, que los cargos públicos aportarán anualmente una declaración tributaria correspondiente a la renta y al impuesto de Patrimonio.

La situación patrimonial de los altos cargos será examinada por el órgano competente al finalizar su mandato y se elaborará un informe en el plazo de seis meses en el que se examinará si ha cumplido las obligaciones reguladas y si hay indicios de enriquecimiento injustificado, teniendo en consideración los ingresos percibidos a lo largo de su mandato. Este informe, según recoge el anteproyecto, será remitido al interesado por si quiere alegar y, en el caso de que las conclusiones reflejen un indicio de enriquecimiento injustificado, se dará cuenta a la Oficina Municipal contra el Fraude y la Corrupción.

También en las tareas de prevención, investigación y lucha contra la corrupción se atribuye a esta oficina la función de alertar de conductas del personal y los cargos públicos que comporten un conflicto de intereses, que consistan en el uso o abuso, en beneficio privado, de informaciones que tengan por razón de sus funciones, o que tengan o puedan tener como resultado el destino o el uso irregular de fondos públicos o de cualquier otro aprovechamiento contrario al ordenamiento jurídico.

La estructura de la oficina

Al frente de la oficina estará un director en dedicación exclusiva, con un mandato que no podrá exceder los cinco años y que no podrá estar afiliado a ningún partido, sindicato o asociación empresarial. En los tres primeros meses del año, elevará al Pleno municipal una memoria en la que expondrá la actividad y los asuntos que se hayan tramitado en el ejercicio anterior. Contará, según el anteproyecto, con personal necesario para el desempeño de sus funciones, los empleos tendrán naturaleza funcionarial y se proveerán por el sistema de concurso de méritos específico. Todos estarán sujetos al deber de secreto en su trabajo, hasta el punto de que si lo incumplen podrán ser cesados y expedientados.

La dirección de la oficina estará asistida por un Consejo Asesor, integrado por cinco vocales en representación de la sociedad civil, que serán designados por el consejo de la Ciudad de Zaragoza y que podrán presentar propuestas e informes.

Las denuncias

Cualquier persona física o jurídica, pública o privada podrá presentar una comunicación en la que se describan hechos que se consideren irregulares. La comunicación podrá ser anónima, con identidad reservada o con identificación del denunciante. La oficina podrá requerir información, personarse en cualquier dependencia municipal para realizar comprobaciones 'in situ', entrevistar a los afectados, que tendrán derecho a guardar silencio y a la asistencia letrada, y hasta acceder a la información de cuentas bancarias en las que se hayan podido efectuar pagos relacionados con procedimientos de adjudicación de contratos públicos, otorgamiento de ayudas o subvenciones. La duración de la investigación no podrá exceder seis meses y la oficina no podrá actuar si hay una causa judicial abierta al respecto. 

Estatuto del denunciante

Tendrá consideración de denunciante de buena fe cualquier empleado municipal que ponga en conocimiento de la oficina municipal hechos que pudieran dar lugar a la exigencia de responsabilidades. En su caso, recibirán de inmediato asesoría legal para los hechos relacionados con la denuncia y el anteproyecto establece que no podrá adoptarse medida alguna que perjudique al denunciante en su carrera profesional o la cesación de la relación laboral y del empleo. No se aplicará este estatuto a denunciantes de mala fe, para los que podrán derivarse responsabilidades disciplinarias e incluso penales.

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