Una juez obliga a devolver un recibo de plusvalía pese a que hubo un aumento del valor del suelo

Un vecino reclamó que su piso se revalorizó un 16%, y no el 60% que le aplicó el Ayuntamiento. La sentencia es pionera, ya que hasta ahora solo se reconocían los casos en los que había minusvalía.

La plusvalía se cobra en caso de transmisión de un terreno de naturaleza urbana y grava el incremento de valor del mismo.
La plusvalía se cobra en caso de transmisión de un terreno de naturaleza urbana y grava el incremento de valor del mismo.
José Miguel Marco

Una sentencia pionera acaba de obligar al Ayuntamiento de Zaragoza a devolver un recibo de plusvalía a un vecino de la ciudad, a pesar de que el valor del suelo en cuestión sí había aumentado. Hasta ahora, los juzgados estaban reconociendo el derecho de devolución en los casos en los que se gira la plusvalía sin que en realidad haya habido una revalorización del patrimonio. En este caso, el denunciante sostiene que ha habido un incremento de valor del 16%, y no del 60% como aplicó el Ayuntamiento. La jueza del Contencioso-Administrativo número 5 obliga a devolver el recibo íntegramente –más los intereses–, a la espera de que el Estado legisle sobre cómo deben los ayuntamientos cobrar este impuesto.

El denunciante, representado por el abogado Miguel Ángel Caamaño, cedió a su hijo un piso, y el Ayuntamiento le reclamó 3.617,88 euros de plusvalía. Este impuesto grava el incremento de valor que experimentan los terrenos de naturaleza urbana, y se pone de manifiesto cuando la propiedad se transmite de una persona a otra con una compraventa, una donación –como es el caso–, una permuta, una sucesión o una herencia, entre otros casos.

Sin embargo, en los últimos años se está cobrando la plusvalía aunque no haya habido un incremento real del valor del inmueble, es decir, cuando en realidad ha habido una minusvalía. Un caso recurrente es el de un bien que se compró en los años anteriores al estallido de la burbuja inmobiliaria, y que se ha vendido recientemente. Pese a que el propietario, generalmente, ha perdido con la operación, sí ha podido haber un aumento del valor catastral del inmueble por la revisión que hubo de los valores en 2013, el conocido como ‘catastrazo’.

Esta circunstancia ha provocado una avalancha de reclamaciones judiciales, y en decenas de casos se está obligando a devolver las cantidades que se han cobrado indebidamente. En esta ocasión, también se ha estimado el recurso pese a que sí que el propio denunciante reconoce que hubo hecho imponible, aunque en una cantidad menor a la que le cobró el Ayuntamiento: 800 euros frente a los casi 4.000 que le cobró el Consistorio.

La juez evita fijar el porcentaje que debe aplicarse al cobro de la plusvalía y remite a que "el legislador –el Estado– dicte una norma al respecto". En ese caso, si no ha prescrito, se puede "volver a hacer la liquidación" del impuesto.

Un "vacío normativo"

En la sentencia se pone de relieve la situación que se ha creado tras el fallo del Tribunal Constitucional en la que se anula el pago de este tributo, pero solo si se produce una pérdida económica en la transmisión del inmueble. La juez del Contencioso-Administrativo número 5 refleja que se ha producido "un vacío normativo", ante el cual los jueces tienen dos opciones en las reclamaciones sobre impuestos ya pagados: determinar si hay hecho imponible en base a escrituras o informes periciales del valor del suelo o decidir que no puede liquidarse el impuesto y admitir que "los juzgados no pueden establecer sus propios parámetros", es decir, que no pueden ‘hacer de legislador’ y determinar cuál es la fórmula que se tiene que aplicar y, por tanto, cuál es la cuantía que se tiene que cobrar en cada caso.

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