Una sentencia judicial deja en el aire la última oposición de operario municipal

El fallo, que no es firme, obliga a modificar la oferta de empleo público de 2016 por acumular puestos de policías locales y bomberos en servicios no prioritarios.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 acaba de dictar una sentencia que anula parcialmente la oferta de empleo público de 2016 del Ayuntamiento de Zaragoza y deja en el aire la última oposición de operario, que contaba con 55 plazas. El fallo, que no es firme, da la razón en parte al sindicato CSL, que presentó el recurso por no haberse incluido las preceptivas plazas de policías locales y bomberos para la cobertura de la tasa de reposición.

El Consistorio aprobó la oferta de empleo en junio del año pasado con 116 plazas. La ley de presupuestos establece que esa tasa era del 100% en servicios esenciales, entre los que figura los funcionarios dedicados a la seguridad y la protección civil, porcentaje que era aplicable si la administración cumplía el principio de estabilidad presupuestaria.

Con una tasa de reposición del 50%, al no ajustarse a este requisito, el Área de Personal consideró viable trasvasar el porcentaje para cubrir 55 puestos de operarios, a su juicio más necesarios. En estos momentos, esa oposición está en fase de revisión de méritos y a la espera de nombramientos, con las distintas pruebas selectivas ya finalizadas.

Interpretación "restrictiva"

Pero el juez da la razón a casi todos los argumentos de CSL, sindicato representado por el letrado Clemente Sánchez Garnica. Informa de que entre los servicios que la ley cita como esenciales están los referidos al "asesoramiento jurídico y la gestión de los recursos públicos", un concepto que el Ayuntamiento de Zaragoza aplicó en sentido amplio para dar cobertura a 84 de las 116 plazas de la oferta de empleo. A su juicio, se debe hacer una interpretación "restrictiva".

Según el juez, si todo puede ser reconducido a ese concepto significaría eliminar la restricción. "Es otro principio del derecho el que se debe huir de las interpretaciones absurdas", sostiene el magistrado, que concluye: "No puede hacerse una interpretación tan generalista y amplia que desactive la finalidad perseguida por el conjunto de la norma".

El juez no solo considera que puestos como el de operario no pueden incluirse en la categoría de esenciales y por lo tanto con la máxima tasa de reposición. Además, indica que no se cumplen los requisitos de la ley de presupuestos para acumular la tasa de reposición de policías y bomberos en otros servicios. "No se da ninguna razón para considerar que su cobertura sería prioritaria o que afectase al funcionamiento de los servicios públicos esenciales", dice.

El juez concluye que para cumplirse la sentencia debería anularse ese trasvase del 50% de la tasa de reposición de policías y bomberos y aminorar las plazas de los procesos selectivos convocados "sin que ello suponga en modo alguno rebasar el máximo de reposición posible, que es de 116". Según fuentes jurídicas, esto significaría reducir en 28 los 55 puestos de operarios para destinarlos a oposiciones para policías y bomberos.

El sindicato CSL reclamaba que se aplicase una tasa de reposición del 100%, en contra del 50% acordado por el gobierno de ZEC. Es en lo único en lo que el juez no le da la razón. El Ayuntamiento no aclaró ayer si recurrirá la sentencia.

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