El interventor municipal detecta irregularidades e incidencias en las subvenciones de 2014 y 2015

Hubo retrasos en la tramitación por encima de los plazos legales e importes que no se justificaron. El informe de fiscalización ve dos contratos fraccionados y algunos que no se publicitaron.

El Ayuntamiento de Zaragoza ha repartido subvenciones en un plazo mayor del que marca la ley, el cobro de algunas de ellas no ha estado totalmente justificado y, además, algunas entidades han subcontratado servicios por encima de los límites que fija la normativa. Estas son algunas de las conclusiones que se extraen en materia de subvenciones del análisis del primer informe de control financiero que ha realizado la Intervención General del Ayuntamiento, y que ha analizado la gestión económica de los años 2014 (bajo el gobierno socialista) y 2015 (con el PSOE hasta junio y con ZEC desde entonces).

En este documento, el interventor refleja que en 2014 el Ayuntamiento y sus sociedades y organismos concedieron 2.681 subvenciones por valor de 16,5 millones de euros. En 2015 la cifra fue prácticamente la misma (2.659), aunque la cuantía creció hasta los 17,7 millones.

En el primer año, las subvenciones analizadas cumplieron con los plazos máximos que marca la normativa desde que se publican las convocatorias hasta que se resuelven. Sin embargo, en 2015 hubo 16 de los 85 expedientes analizados en los que se superaron los seis meses de límite que marcan la Ley General de Subvenciones y la ordenanza general de Subvenciones del Ayuntamiento.

El informe refleja que en 2014 pasaron 120 días de media desde que se da la subvención hasta que se paga, un periodo que en 2015 se redujo a 64 días. En ambos casos, y aunque no hay un periodo legalmente establecido, el interventor recomienda "la agilización de los pagos a 30 días, por analogía con el pago a acreedores". También sugiere que la tramitación de las convocatorias se haga "con mayor celeridad para que puedan ser cumplidos los objetivos y programas", ya que se suele pagar en el último trimestre, cuando los proyectos se suelen desarrollar durante todo el año.

Importes sin justificar

Además, detecta que en 2014 la subvención a la Oficina de la Década del Agua de la ONU se aprobó sin informe del interventor, y que hubo varias entidades que justificaron "un menor importe del concedido", sin que conste que se haya reintegrado la diferencia. Lo mismo ocurre en 2015 con otras cinco entidades, entre ellas la Federación Aragonesa de Solidaridad, que además percibió 300 euros más de lo aprobado.

El informe también observa que en 2015 hubo subvenciones "cuyo objeto podría ser considerado muy similar a una prestación de servicios", y tratarse por tanto "de un negocio jurídico sujeto a la Ley de Contratos". Se refiere en contrato a unas subvenciones firmadas con Cruz Roja para transporte sanitario, con AREI para un plan de inclusión, con Tranviaser para recogida de voluminosos y con Gusantina para un programa de "banco de emociones".

Por último, también recuerda que las subvenciones impiden encomendar trabajos a terceros "salvo de forma excepcional y con los límites" que marca la ley. Al respecto, observa que en el convenio de La Caridad el servicio de cátering se lleva "el 91,56% de la subvención", mientras que en el de Federico Ozanam se adquieren suministros a proveedores por importes que superan el contrato menor y sin que conste que se hayan pedido tres ofertas.

Dos contratos fraccionados

El informe también analiza los contratos menores que sacó el Ayuntamiento en 2015. Se trata de contrataciones inferiores a los 50.000 euros en caso de las obras y de 18.000 para otros contratos, y que tienen unos requisitos de concurrencia inferiores a los habituales. Ese año, el Consistorio sacó 191 contratos de este tipo por valor de 2,2 millones. El interventor valora que no se hizo "un uso intenso de este procedimiento", aunque recomienda que en algunos casos se evite su uso.

Eso sí, refleja que hay algunos de estos procedimientos que no se publicaron en el perfil del contratante, y que en 2015 en dos casos hubo "un fraccionamiento del objeto del contrato", algo que está expresamente prohibido por la Ley de Contratos.

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