Absuelta una mujer de Zaragoza de apropiarse indebidamente 13.998 euros de su exmarido

El tribunal señala que la extracción del dinero de dos cuentas comunes del matrimonio se destinó al mantenimiento de la familia.

La Audiencia Provincial de Zaragoza absuelve a una mujer acusada de apropiarse indebidamente y hurtar 13.998 euros a su exmarido tras la separación. El tribunal ha señalado que la extracción del dinero de dos cuentas comunes del matrimonio se destinó al mantenimiento de la familia, por lo que  descarta la existencia de delito.

Al no haber quedado acreditado el ánimo de lucro ni la ajenidad del dinero, los juzgadores han fallado que los hechos enjuiciados no son constitutivos de los delitos de los que se acusaba  a la mujer, al no existir la certeza que exige un pronunciamiento de condena.

La fundamentación jurídica señala que existían, “al menos, 1.200 euros mensuales de gastos de mantenimiento de la familia en el momento en el que el exmarido abandonó el hogar familiar, a lo que se une que la mujer acusada no tenía ningún ingreso propio que pudiera provenir de salario o rentas”.

Durante la vigencia del matrimonio, en ambas cuentas bancarias se cargaban los gastos comunes de la familia. El tribunal desconoce si a la disolución de la sociedad de gananciales se repartido los cónyuges por mitad el importe de dichas cuentas o si se realizó algún tipo de compensación que condujera a atribuir a la acusada la titularidad exclusiva de las cantidades de las que dispuso.

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