El Supremo rechaza que el dueño de un local pague las obras en una escalera de la comunidad vecinos

Señala que los dueños de locales situados en la planta baja del edificio no tienen acceso al portal, por lo que carecen de participación en las escaleras o en el ascensor, en el caso de que se instalara.

El Tribunal Supremo considera que el propietario de dos locales ubicados en un edificio de viviendas en Zaragoza no debe pagar una parte proporcional de las obras llevadas a cabo a instancias de la comunidad de vecinos para eliminar barreras arquitectónicas en el portal del inmueble.


Con su resolución, el Supremo resuelve un conflicto que se inició en febrero de 2012 al adoptar la comunidad de vecinos del edificio en junta general extraordinaria un acuerdo que obligaba al propietario de ambos locales a pagar las obras de instalación de un ascensor y de eliminación de los escalones de acceso al patio.


En respuesta a la demanda civil interpuesta por la propiedad de los locales, una sociedad inmobiliaria, el Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Zaragoza rechazó, en junio de 2014, anular el acuerdo adoptado por los vecinos y estableció en un 14,30 por ciento la cuota que debía de abonar.


Esta sentencia fue confirmada parcialmente en noviembre de ese mismo año por la Audiencia de Zaragoza, que sólo impuso a la propiedad pagar la parte correspondiente a las obras necesarias de adaptación pero no la referida a la adecuación estética del patio.


La resolución del tribunal zaragozano fue recurrida por la propiedad ante el Supremo, que estima su demanda sobre la base de los estatutos de la misma comunidad de vecinos.


El alto tribunal señala a este respecto que los dueños de locales situados en la planta baja del edificio no tienen acceso al portal, por lo que carecen de participación en las escaleras o en el ascensor, en el caso de que se instalara.


A juicio de los magistrados, los vecinos del inmueble confundieron el "quorum" necesario para aprobar unas obras que consideraban necesarias con el régimen jurídico aplicable al coste de los trabajos.

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