La Audiencia ratifica el archivo del accidente en la Pirotecnia Zaragozana

Desestima los recursos de apelación presentados por los abogados de las víctimas ante el auto que sobreseyó la causa.

Los Bomberos, en pleno rescate de una de las víctimas de las sucesivas explosiones del polvorín de la Pirotecnia Zaragozana.
Imagen de archivo de la explosión en Pirotecnia Zaragozana.
DPZ

La Audiencia Provincial de Zaragoza ha acordado desestimar los recursos de apelación presentados contra el auto del Juzgado de Instrucción número 10 de Zaragoza que determinó el archivo de la causa penal por la explosión en Pirotecnia Zaragozana, en la que resultaron muertas seis personas y heridas graves a otras seis.


El auto de la Audiencia Provincial, emitido el 19 de septiembre, reconoce que el juzgado de instrucción acordó un "prematuro sobreseimiento provisional".


El juzgado instructor consideró que procedía sobreseer la causa penal por desconocerse las causas del suceso tras los informes periciales recabados, aunque ahora la Audiencia Provincial apunta que algunos de ellos se recibieron después.


En su auto, la Audiencia Provincial examina los informes sobre el suceso, que tuvo lugar el 31 de agosto de 2015, elaborados por técnicos en accidentes sobre la materia, que "en su mayor parte aparecen elaborados por funcionarios públicos revestidos de una imparcialidad" que al tribunal le parece "evidenciada".


Así, detalla los redactados por el laboratorio oficial J.M Madariaga, por la Dirección General de la Guardia Civil, por la Subdelegación del Gobierno en Zaragoza, por el Grupo Etienne Lacroix (grupo propietario de la factoría accidentada), o de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, que apuntó que su única competencia en este caso se refería a la situación de la Seguridad Social y de contratación de los trabajadores.


En el auto de la Audiencia Provincial se determina que no se observa en las conductas denunciadas una actuación de suficiente entidad para merecer un reproche penal, ni prueba de cargo para abrir un proceso penal y, en definitiva, para imponer una pena criminal.


Estima que la sola existencia del depósito de los explosivos en las instalaciones de la fábrica "no era causalmente capaz de producir la explosión", y recuerda que existe un "desconocimiento total" acerca de las causas concretas del accidente, puesto que existen diversas hipótesis, "todas ellas válidas". Por eso, abrir un proceso penal supondría "desnaturalizar" a esta jurisdicción, permitiéndole juzgar conductas que "tienen su ámbito natural en la jurisdicción civil o en la contencioso- administrativa".


Insiste la Audiencia Provincial en que es "notorio" que los perjudicados tiene que ver reparado el daño, pero tal reparación "sólo puede producirse al amparo de la jurisdicción civil". Y concluye que cualquier imprudencia "no puede automáticamente, por el hecho de haber producido muertes y lesiones, determinar una condena penal".


Por eso, desestima los recursos de apelación presentados por los abogados de las víctimas ante el auto que sobreseyó la causa y declara de oficio las costas procesales.


Uno de los letrados de las familias de las víctimas, Javier Hernández, ha apuntado que tras una lectura inicial del auto agradece "al menos" que los magistrados de la Audiencia "den explicaciones del porqué del sobreseimiento inicial".


Y advierte de que van a estudiar las posibles actuaciones que pueden emprender, incluso con recurso al Tribunal Constitucional, "con el único fin de que se pueda seguir investigando y, si fuera posible, saber cuál fue la causa del accidente".

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