El TSJA ratifica el archivo de la querella por el pago de 2,1 millones a Auzsa

El alto tribunal tampoco ha encontrado indicios racionales de delitos de prevaricación ni malversación de caudales públicos.

Los trabajadores de Auzsa mantienen los paros parciales desde el 10 de diciembre.
Los trabajadores de Auzsa mantienen los paros parciales desde el 10 de diciembre
Oliver Duch

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha ratificado el archivo de la querella presentada por el sindicato Somos contra el exalcalde Juan Alberto Belloch, varios miembros de su gobierno y altos funcionarios municipales, por pagar 2,1 millones de euros a Auzsa para un ajuste en su plantilla.


El alto tribunal ha confirmado "íntegramente" el auto que el 29 de abril dictó el Juzgado de Instrucción número 1 de Zaragoza, que acordó el archivo provisional de la causa al no encontrar indicios racionales de los delitos prevaricación y malversación de caudales públicos, y que fue recurrido ante el TSJA por el sindicato.


En la causa, figuraban como denunciados Belloch, miembros de su gobierno y otros altos funcionarios del Ayuntamiento, uno el que fuera el jefe de la asesoría jurídica, Luis García-Mercadal, quien fue cesado por el actual Gobierno municipal (ZeC) por este asunto.


Los otros querellados fueron el interventor del Ayuntamiento, José Ignacio Notivoli, y los miembros del entonces gobierno municipal Carmen Dueso, Jerónimo Blasco, Lola Ranera, Roberto Fernández y Fernando Gimeno, actual consejero de Economía del gobierno aragonés.


La querella fue presentada por Somos después de que el pleno del Ayuntamiento celebrado el 5 de junio de 2015, una semana antes del cambio de gobierno, acordara el pago de 2,13 millones de euros a Auzsa por el coste de reducción de plantilla que tuvo que asumir la sociedad que gestiona el servicio de autobuses.


El magistrado instructor consideró en su auto de sobreseimiento provisional y archivo que el pago puede "considerarse" una decisión "errónea o equivocada" pero, "en ningún caso" como una resolución "en donde concurra los requisitos del delito de prevaricación".


En este sentido, el TSJA sostiene en su resolución que en este caso "nos encontramos ante un problema interpretativo acerca de un problema surgido a raíz de la licitación" del servicio público del transporte por autobús en la que no se especificó de forma explícita quién debía asumir el coste del excedente de personal para una nueva concesión con menor kilometraje


Pero "no hay indicio alguno", afirma, de que "haya habido un concierto de voluntades entre todos o alguno de los querellados para licitar el servicio con cláusulas ambiguas y obtener la adjudicación a favor de determinada empresa que luego obtendría del ayuntamiento los sobrecostes de la reestructuración de personal.


En este caso, añade el auto, se "han observado las normas de procedimiento" por parte del Ayuntamiento de Zaragoza y que los funcionarios imputados "emitieron los informes necesarios en el ejercicio de las funciones que tienen encomendadas"


El asunto central de este caso se centraba en quién debía asumir el coste extraordinario generado por la reducción de plantilla que Auzsa al producirse una reducción de 2.928.981 kilómetros anuales, pasando de los 21 millones a los 18.071.019.


Auzsa entendió que era el Ayuntamiento el que debía asumir el coste de reducción, por lo que reclamó 2.137.155.47 euros, 1.915.783,23 euros por las indemnizaciones a los 153 trabajadores despedidos y 221.372 euros por los trámites de su extinción laboral.


La querella fue presentada por el sindicato después de que el pleno del Ayuntamiento, celebrado el 5 de junio de 2015, una semana antes del cambio de gobierno, acordara el pago a Auzsa.

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