Absuelven al hombre acusado de vaciar la cuenta de su tía

Ni su tía quería que fuera a prisión ni la Audiencia Provincial va a enviarlo. La Sección Tercera juzgó la semana pasada al sevillano José Manuel D. S., para el que la Fiscalía y la acusación particular pedían penas de entre 3 y 4 años de cárcel por delitos de apropiación indebida y estafa. Le reprochaban haberse aprovechado de su condición de "autorizada" para vaciar la cuenta bancaria de una tía de Zaragoza, de 91 años. Sin embargo, el tribunal considera que no hay ninguna prueba para condenarlo y su fallo ha sido absolutorio.


Recuerdan en su sentencia los magistrados que la anciana no quería verse envuelta en un juicio y que fueron familiares suyos quienes presentaron la denuncia contra el acusado. Ante este hecho y dado que la mujer no pudo decir en la vista si había autorizado o no a su sobrino para disponer de su dinero, el tribunal deja claro que no hay nada que reclamar por la vía penal y que "cualquier disparidad" debe resolverse en la jurisdicción civil.


En cualquier caso, la Audiencia Provincial aclara que en ningún momento ha quedado probado que existiera engaño, elemento imprescindible para poder condenar por estafa al sobrino.

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