El acusado de ayudar a su madre a suicidarse dice que lo hizo por acompañarla en su muerte

La Fiscalía rebaja de 9 a 6 años de prisión la petición de condena para el imputado con la atenuante de confesión. La defensa continúa reclamando la absolución.

Ignacio S.O., en los pasillos de la Audiencia de Zaragoza, poco antes del juicio.
Ignacio Sánchez, en los pasillos de la Audiencia de Zaragoza, poco antes del juicio.
Aránzazu Navarro

Los magistrados de la Audiencia Provincial que ayer juzgaron a Ignacio Sánchez Olaso deberán decidir si su madre le transmitió una petición "expresa, seria e inequívoca" de que quería morir y necesitaba su ayuda para hacerlo y también si es cierto que la mujer sufría una enfermedad que le causaba "graves padecimientos" o le iba a conducir "necesariamente" a la muerte. Si el tribunal considera que estas dos circunstancias están plenamente probadas, unidas a la atenuante de confesión e incluso a la de parentesco, el acusado podría librarse de entrar en la cárcel, puesto que no tiene antecedentes penales.


El debate jurídico se estableció en estos términos, puesto que Ignacio Sánchez siempre ha reconocido los hechos y fue él mismo quien llamó a la Policía para confesarlos tras haber estado velando el cadáver de su madre en la madrugada del 8 de abril de 2015. Horas antes, la mujer, tras haber ingerido coñac mezclado con leche para quedarse adormilada, se colocó y ató una bolsa en la cabeza con intención de morir asfixiada. Cuando comenzó a respirar de forma agitada, su hijo le puso una segunda, como le había indicado, y poco después expiró.


La abogada del acusado, Mercedes López Gallego, explicó al término de la vista oral, que se celebró a puerta cerrada, que su cliente ayudó a su madre porque esta se lo pidió, como ya lo había hecho en otra ocasión en la que no logró convencerle. Afirmó que Isabel Olaso era una mujer que cuando tomaba una decisión era muy difícil hacerle cambiar de opinión. "Él pensó que lo mejor que podía hacer era acompañar a su madre en los últimos momentos", manifestó la letrada.

Respaldo familiar

Las declaraciones de su cliente fueron avaladas por su padre –que dormía en otra habitación cuando ocurrieron los hechos– y por su hermana. Según la letrada, ambos declararon que, dado el carácter de su madre, ella lo habría hecho en solitario. "Si Ignacio la acompañó es porque entendía que lo iba a hacer, con o sin compañía y con o sin ayuda", señaló.


Isabel Olaso sufría dolores desde hacía tiempo producto de las úlceras que tenía en una pierna debido a la diabetes descompensada que padecía. Hacía tiempo que pasaba la vida en un sillón al no poder tumbarse, no salía a la calle desde hacía años y se negaba a que le visitara cualquier médico, debido a las ideas paranoicas y persecutorias que tenía respecto a este colectivo. En esta situación, su hijo, dependiente emocional de la madre aunque imputable penalmente a juicio de los forenses, le ayudó a conseguir su propósito. Su letrada defensora pidió al tribunal su absolución y, en caso contrario, que valore todas estas circunstancias y que no considere agravante la relación de parentesco, como solicita el fiscal, puesto que precisamente fue el lazo afectivo que los unía el que hizo que su madre buscara ayuda en su hijo, y solicita 2 años de cárcel.


El Ministerio Público sí que se avino al final a rebajar su petición inicial de 9 a 6 años de prisión al estimar que concurre solamente la atenuante de confesión y mantuvo el parentesco como agravante. Entiende que Ignacio Sánchez Olaso pudo haber adoptado una decisión distinta a la que tomó.


El tribunal de la Sección Sexta deberá pronunciarse, en definitiva, sobre un delito atípico en los tribunales españoles pero que recoge el Código Penal ante la falta de regulación de la eutanasia. El legislador lo único que contempló fueron distintas circunstancias atenuantes para poder obtener penas inferiores a dos años de prisión, pero nunca para evitar una condena.

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