El Ayuntamiento gana el pleito del parquin de La Romareda y evita el pago de 13 millones

?La sentencia, que no es firme, ratifica la compensación de 832.509 euros que ya asumió el Consistorio.

El Ayuntamiento de Zaragoza se ha librado, al menos de momento, de una de las principales amenazas judiciales que pesaban sobre la economía local: la reclamación millonaria de la empresa Isolux Corsán, adjudicataria del aparcamiento de Eduardo Ibarra, por la paralización del proyecto del nuevo estadio de la Romareda. La sentencia, que no es firme, desestima la petición de indemnización de 13 millones de euros y ratifica la compensación ya aceptada por el Ayuntamiento, que ascendía a 832.509 euros.


El fallo judicial, firmado por la titular del juzgado de lo contencioso administrativo número 4 de Zaragoza el pasado 25 de marzo, supone un nuevo paso en el litigio que mantiene Isolux Corsán con el Ayuntamiento desde el año 2010. En septiembre de ese año, la empresa reclamó 21,5 millones de euros como compensación por la paralización judicial de la construcción del nuevo estadio, así como del zócalo comercial de 12.000 metros cuadrados y el edificio de usos terciarios (42.500 metros cuadrados) anexos al complejo deportivo.? Esos 21,5 millones se redujeron, en el momento de la formalización de la demanda, a 16 millones de euros.


Tras una primera sentencia, del año 2012, que dio la razón parcialmente a la empresa y que obligó al Ayuntamiento a cuantificar la indemnización mediante un nuevo estudio de viabilidad del aparcamiento, dotado con 1.500 plazas, el pleito continuó. El Consistorio aprobó la actualización del estudio de viabilidad el 4 de octubre de 2013 y estableció que la indemnización debía ascender a 832.509 euros, que ya han sido abonados.Recurso judicial

Esta es precisamente la decisión administrativa que recurrió Isolux Corsán con el objetivo de lograr su anulación. Según la empresa contratista, la actualización del estudio de viabilidad que elaboró el Ayuntamiento "es errónea y antijurídica" y debería haber tenido en cuenta tanto la inversión realizada como los gastos financieros.


Para la concesionaria del parquin, con estos parámetros, el resultado alcanzaría los 14,6 millones de euros, a los que habría que deducir 772.543 euros que se corresponden con el resultado negativo ya previsto en el estudio de viabilidad. A la cantidad de 13,9 millones resultante, habría que restar los los 832.509 euros asumidos por el Ayuntamiento, por lo que Isolux Corsán considera que para reequilibrar la concesión el Ayuntamiento debería pagar 13,07 millones.


El Consistorio entendió que con la actualización del estudio de viabilidad quedaba ejecutada la sentencia. Los letrados municipales consideraron que lo único que debe ser indemnizado es que no se construyera el edificio de usos terciarios y el zócalo comercial, que hubieran supuesto "un flujo adicional" de vehículos.


Rechazó además el Ayuntamiento que el cálculo del equilibrio concesional no pueden decidirlo los peritos contratadas por Isolux Corsán y subrayó que el estudio de viabilidad elaborado por la administración "no se aparta ni una línea de lo establecido en la sentencia" del año 2012.


En este sentido, el Consistorio esgrime, entre otros motivos, que no se puede aplicar como importe de la contratación los 33,1 millones que costó la obra, dado que la empresa renunció a una aportación municipal de 9,9 millones como mejora en el proceso de adjudicación. Y cita aspectos que la empresa no tiene en cuenta en sus cálculos, como la incidencia de la crisis, la eliminación de los estacionamientos en superficie o la eliminación de las plazas de aparcamiento en el edificio de usos terciarios.


En su fundamentación, la juez se remite a la sentencia de junio de 2012, que reconoció el derecho al reequilibrio económico financiero de la concesión por el impacto de la falta de ejecución tanto del zócalo comercial como del edificio de usos terciarios. Para establecer la cuantía, el plan económico financiero de la empresa era "uno de los elementos informativos a tener en cuenta", pero el juez recuerda que "el único elemento vinculante para la administración" era el estudio de viabilidad. Y subraya que la necesidad de garantizar el equilibrio de la concesión debe convivir con el principio de riesgo y ventura que debe asumir el concesionario.


La juez insiste en que la sentencia de 2012 establece las bases para calcular la indemnización por lo que cree que Isolux quiere "replantear ante este juzgado un debate que le está vedado porque ya ha sido enjuiciado". En este sentido, recuerda que la sentencia y un auto posterior son firmes, dado que no fueron recurridos. El fallo no impone costas y cabe la opción de apelar. El plazo expira la próxima semana.