Detenido un hombre en Calatayud por apuntar con una pistola detonadora a otro

El suceso se produjo en un bar de la localidad durante una pelea entre dos clientes.

El arma incautada al detenido
Detenido un hombre en Calatayud por apuntar con una pistola detonadora a otro
HA

Agentes de la Policía Nacional en Calatayud recibían a las 19.45 del 20 de octubre una llamada en la cual el interlocutor solicitaba la presencia policial en un local ya que una persona estaba amenazando con matar a otra.


A la llegada al establecimiento, la dotación del 091 observó a dos hombres que forcejeaban, sujetando uno de ellos un arma mientras el otro se la pretendía arrebatar de las manos. En cuestión de segundos, los agentes se hicieron con el arma y pudieron comprobar que, a pesar del gran realismo de la misma, tan solo se trataba de un arma detonadora.


Uno de los testigos de los hechos, cliente del local, manifestó a los agentes que había observado que un hombre, desde una esquina de la barra, se dirigía hacia la otra zona del local apuntando con una pistola y diciendo "me lo voy a cargar". No se lo pensó dos veces y le quitó el arma en un descuido, momento en que llegó la Policía.


Tras las comprobaciones oportunas, y después de contrastar la información facilitada por los testigos, se detuvo al propietario del arma que había amenazado al otro cliente. Puesto a disposición judicial, quedó en libertad con cargos pendiente de su presentación a juicio.

Armas detonadoras y su normativa

Las armas detonadoras son aquéllas creadas para disparar munición de fogueo, réplicas idénticas a las verdaderas, que resultan inútiles con munición convencional.


Están fabricadas con materiales poco resistentes como plástico o aleaciones, sin recámaras apropiadas, sin estrías ni cañones apropiados. Su funcionamiento es por medio de mecanismos diferentes a las armas de fuego, simulando sus movimientos, con el mismo realismo en la acción y efectos visuales y sonoros, pero no podrán nunca ser disparadas con munición auténtica.


Desde la Policía Nacional se recuerda que la tenencia de estas armas, pertenecientes a la 7ª categoría del Reglamento de Armas, solo se admiten en el propio domicilio como objeto de adorno o coleccionismo, y queda prohibido usarlas, portarlas o exhibirlas fuera del mismo.


Dentro de las actuaciones para el mantenimiento de la seguridad ciudadana, los agentes de la autoridad podrán realizar, en todo caso, las comprobaciones necesarias para impedir que en las vías, lugares y establecimientos públicos se porten o utilicen ilegalmente armas, procediendo a su ocupación.


Podrán proceder a la ocupación temporal, incluso de las que se lleven con licencia o permiso y de cualesquiera otros medios de agresión, si se estima necesario, con objeto de prevenir la comisión de cualquier delito, o cuando exista peligro para la seguridad de las personas o de las cosas.


Desde el cuerpo de la Policía nacional se ha advertido de el peligro que tiene llevar un arma de estas características por la calle, por la que se puede proponer para sanción administrativa grave. Además se ha incidido en la peligrosidad que conlleva que pueda ser manipulada por niños cuyas detonaciones pueden provocar lesiones por impacto graves