Tribunal General de la Unión Europea

La UE reclama a España 3,1 millones de euros por obras de saneamiento en Zaragoza

La CE aprobó entre 1996 y 1997 una ayuda financiera de 18,8 millones de euros del Fondo de Cohesión pero decidió en 2008 aplicar una corrección financiera que redujo a 3,1 la cuantía otorgada.

 El Tribunal General de la Unión Europea (UE) rechazó el recurso que presentó España para pedir la anulación de una decisión de la Comisión Europea (CE) que obligaba a devolver ayudas comunitarias concedidas a un proyecto de saneamiento en Zaragoza.


La CE aprobó en 1996 una ayuda financiera de 8,8 millones de euros del Fondo de Cohesión para un proyecto destinado a mejorar y completar las instalaciones de saneamiento y de depuración de aguas residuales de la ciudad de Zaragoza.


Este proyecto incluía un plan de alcantarillado y un programa de saneamiento de la zona oeste del entorno urbano, cuenca de la depuradora de La Almozara, que englobaba la construcción de colectores, de una red secundaria de colectores y de un aliviadero de aguas pluviales.


El Ayuntamiento de Zaragoza era el beneficiario final de la ayuda y el encargado de la dirección del proyecto, cuya ejecución estaba prevista entre el 1 de mayo de 1996 y el 31 de diciembre de 1998.


España solicitó en 1997 que se modificara la autorización de la Comisión de un año antes para incluir varias actuaciones complementarias, entre ellas, la construcción de una planta de tratamiento de fangos, la cifra total del proyecto ascendía a 23,7 millones, de los que 18,8 millones saldrían del Fondo de la Unión Europea, según fuentes del Ayuntamiento de Zaragoza.


Bruselas modificó su decisión en 2000 para incluir, sin aumento de la ayuda financiera del Fondo de Cohesión, cuatro actuaciones más y prorrogar el plazo de finalización de las obras hasta el 31 de diciembre de 2002.


En este contexto, Zaragoza publicó 35 anuncios de licitación para la adjudicación de contratos públicos.


La CE realizó una auditoría en noviembre de 2002 que reveló la existencia de irregularidades en relación con la normativa comunitaria de contratación pública, y destacó que ninguno de los 35 anuncios de licitación se había publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE).


Bruselas tampoco estuvo de acuerdo en la manera en que se habían realizado los anuncios, porque se dividieron los proyectos en varias licitaciones separadas, lo que constituía una infracción de la legislación europea.


La división artificial de las obras en varias licitaciones separadas habría tenido como consecuencia que no se alcanzaran los umbrales de valor de los proyectos a partir de las cuales es preceptiva la publicación en el DOUE.


La CE decidió en 2008 aplicar una corrección financiera del 25% a los contratos afectados por las irregularidades, y reducir en 3,1 millones la ayuda otorgada con cargo al Fondo de Cohesión.


En la decisión se estableció que esa cantidad se recuperaría mediante reembolso.


España presentó un recurso ante la justicia europea para reclamar la anulación de la decisión de la CE, pero el Tribunal General lo rechazó este jueves. Tanto el Gobierno español como el Ayuntamiento de Zaragoza consideran que estas obras debían licitarse "de forma individual porque son de naturaleza diferente". Fuentes municipales reconocen que ahora el Estado decidirá si recurre la sentencia nuevamente. Desde el Consistorio de la capital aragonesa opinan que se actuó de forma correcta y que "lo lógico sería presentar un recurso de casación".


La corte de Luxemburgo coincide con la CE en que España había fraccionado artificialmente los proyectos para eludir la aplicación de ciertas normas del derecho de la UE.