JUICIO

Condenado un hombre de 72 años a dos de prisión por abusar de una niña de 8

El acusado tiene un antecedente por un hecho similar.

El Juzgado de lo Penal número 4 de Zaragoza ha condenado a dos años de cárcel a Santiago A. V. como presunto autor de un delito de abusos sexuales del que fue víctima una niña de 8 años, a la que sometió a tocamientos. La sentencia considera probado que el 11 de julio de 2008, el hombre, de 72 años y vecino de la localidad zaragozana de Inogés, estaba en un terreno, propiedad de los abuelos de la menor, cuando vio a la niña jugando con otros críos. Santiago A. V. la llamó para darle unas rosas y la chiquilla le dijo que serían pasa su madre. «Entonces el acusado comenzó a darle besos en la mejilla izquierda y la condujo a un baño situado en ese terreno. Una vez allí, además de seguirle dándole besos mientras le sujetaba de la barbilla, le levantó la camiseta y le tocó el pecho izquierdo», relata el fallo judicial. En ese momento, una amiga llamó a la niña y esta salió del recinto. Por la noche, la menor, que estaba pasando unos días en casa de sus abuelos, le contó por teléfono lo ocurrido a sus padres, que lo denunciaron en ese mismo momento. Tras lo sucedido, la niña tuvo trastornos del sueño y recuerdos recurrentes del hecho y precisó tratamiento psicológico.


Para la juez, los hechos constituyen un delito de abuso sexual y, a pesar de que fueron negados por el acusado, cree que quedaron acreditados por el testimonio de la víctima. Por un lado, recuerda que Santiago A. conocía a la niña desde que nació y era amigo de sus abuelos y que la niña no tenía ningún motivo espurio para acusarle. El fallo refleja que el informe psicológico aseguró que su testimonio era «altamente creíble» y que, además de no presentar trastornos mentales que pudieran haber motivado una simulación, sí que tenía síntomas emocionales reactivos.


Por otra parte, la sentencia resalta que «el acusado ha sido detenido y condenado con anterioridad por otro delito de abuso sexual y que aunque esto no constituye una prueba de cargo, sí se puede considerar un indicio que viene a corroborar el relato de la menor». Un hecho que llamó la atención de la juez fue que cuando el acusado fue detenido por un delito de abuso sexual, sin especificar si se había cometido sobre un menor o mayor de edad, él manifestó al guardia civil: «Pero si yo no he hecho nada a esa chica. Dios mío, soy muy amigo de sus padres y de sus abuelos». También consta que negó haber besado a la niña, cuando aún no le habían contado los pormenores de la denuncia.


La juez aplica las agravantes de prevalimiento y abuso sobre una menor. No aprecia la reincidencia puesto que no consta si la pena la tiene ya cancelada. El abogado de la familia, Mariano Tafalla, aseguró que están valorando recurrir el fallo para que se apliquen las agravantes de abuso de superioridad y reincidencia, por lo que tendría que imponerse la pena en su grado máximo (3 años), como también pedía el fiscal.