TERRORISMO

El Supremo avala las penas contra los grapos que mataron a Isabel Herrero

El Alto Tribunal ha rechazado los recursos presentados por los tres terroristas, que fueron condenados a 242 años de prisión.

La víctima falleció a la entrada del garaje donde guardaban el coche, en la calle de Cervantes.
El Supremo avala las penas contra los grapos que mataron a Isabel Herrero
HERALDO

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la sentencia que condenó a penas de entre 79 años y 82 años de prisión (242 años, en total) a los miembros de los GRAPO Israel Clemente, Jorge García Vidal y Juan García Martín por el asesinato de la empresaria Ana Isabel Herrero Izquierdo, el 6 de febrero de 2006 en Zaragoza. Así lo ha acordado la sala de lo penal del TS en un auto en el que rechaza los recursos interpuestos contra la sentencia dictada por la Audiencia Nacional en noviembre de 2009.


Aquel fallo del Alto Tribunal declaraba probado que sobre las nueve de la noche del 6 de febrero de 2006 Clemente y García Vidal accedieron al garaje del edificio en el que residían Herrero y su marido, Francisco Colell, que se disponían a recoger su vehículo, y tras identificarse como grapos "les indicaron que iban a tratar de temas económicos".


"Somos de los GRAPO, esto es un secuestro, no hagan nada y no les pasará nada (...) solo venimos a por dinero", dijo Clemente al matrimonio. Cuando los acusados intentaban meter a la pareja en el vehículo de Colell, otro coche accedió al garaje, lo que motivó que aumentase el nerviosismo de la mujer, que se desvaneció, momento en el que su marido entró en el automóvil, lo puso en marcha e intentó huir arrollando a los acusados. Clemente disparó hasta en cinco ocasiones contra el parabrisas del vehículo, hiriendo a Colell.


Herrero intentó escapar, lo que provocó que García Vidal, tras un forcejeo, le efectuase un disparo a corta distancia y otro ya con la víctima caída en el suelo, lo que le causó la muerte en el acto.


Según el Tribunal, García Martín permaneció durante ese tiempo junto a la puerta de acceso al garaje "intentando impedir, sin éxito, que durante los hechos alguien penetrase en el mismo".


La Audiencia consideró a los acusados autores de un delito de asesinato terrorista consumado y de otro en grado de tentativa, así como de dos de detención ilegal. Clemente reclamaba en su recurso que se le aplicase la circunstancia atenuante de confesión, en relación con el delito de tenencia ilícita de armas. Para ello, pedía que se tuviera en cuenta su colaboración con los investigadores a la hora de localizar las pistolas utilizadas en el atentado. El Alto Tribunal, sin embargo, no ha accedido a su petición. Según explica el TS, la actuación del recurrente "en nada era imprescindible para el esclarecimiento de los hechos". Tampoco ha aceptado las peticiones de los otros dos grapos, que alegaban vulneración del derecho a la presunción de inocencia.


El marido de la fallecida, Francisco Colell, recurrió también el fallo para revisar el importe de las indemnizaciones. Pero el TS deniega la petición porque entiende que son "proporcionadas".