TRIBUNALES

El ex propietario del Euro es absuelto y el club de alterne podrá seguir abierto

La sentencia dice que las demandantes ejercían la prostitución "voluntariamente" y que pudieron ir a los tribunales para ser testigos protegidos y no ser expulsadas del país.

La Audiencia Provincial ha decidido absolver al que durante diez años fue propietario del Euro, uno de los mayores clubes de alterne de Aragón, para el que la Fiscalía pedía 22 años de prisión por delitos de prostitución y contra el derecho de los ciudadanos extranjeros. También se solicitaba el cierre del local, situado en el kilómetro 11 de la N-232, en el Burgo de Ebro, algo que también descarta la sentencia de la Audiencia. Del mismo modo, quedó absuelto el cuñado del ex propietario, un ciudadano brasileño para el que se pedían diez años de cárcel.


La sentencia da por probado que el Euro "es un local en el que se ejercita la prostitución", al menos mientras fue regentado por el acusado, Antonio F. Concluye que el club de alterne cobraba 60 euros diarios a las mujeres "en concepto de alojamiento y manutención". Sin embargo, no quedó acreditado que las tres trabajadoras brasileñas que denunciaron en 2007 "llegaran a España engañadas, coaccionadas o que alguno de los acusados se lucrara con su viaje o que fueran obligadas a ejercer la prostitución, la cual practicaron voluntariamente". "No existió empleo alguno de violencia, intimidación, engaño o abuso de superioridad o necesidad", dice la sentencia, que añade que tenían decidido ejercer la prostitución "antes de venir a España".


Admite la posibilidad de que Elber B., el ciudadano brasileño acusado, les adelantara el dinero de los billetes de avión para que pudieran volar a España. Sin embargo, la sentencia remarca que eso "no le convierte en autor" del delito, pues las denunciantes habían decidido el viaje con anterioridad y la devolución del préstamo "no les fue exigida de forma coactiva o intimidante". Incluso afirma que una de ellas no lo llegó a devolver, "lo que tampoco fue denunciado". Una de las testigos protegidas dijo en el juicio, celebrado el miércoles, que le exigieron "3.000 euros por el billete de avión", además de "otros mil" que le adelantaron "y 60 diarios por el alojamiento".


Por todo ello, la Audiencia Provincial concluye que las pruebas practicadas "son insuficientes" para probar los hechos y aplicar las condenas que se solicitaban. Solo observa "determinadas situaciones que pueden inducir a la sospecha" de que se pudiera haber cometido un delito, "pero no a la radical certeza que debe fundamentar una condena dictada en una sentencia".


Esta deja entrever que "pudo tener cierta relevancia" en las denuncias el interés de las denunciantes "por gozar del estatus de 'testigo protegido' -que finalmente tuvieron-, pues ello impedía la expulsión del territorio nacional", que a dos de ellas les había sido decretada. Una de estas mujeres reconoció en el juicio que la Policía le dijo que si denunciaba el expediente de expulsión se archivaría y le darían la tarjeta de residente en España. El instructor de las diligencias policiales no compareció en el juicio ya que, según justificó, se encontraba fuera de España. José Luis Melguizo, letrado encargado de la defensa, señaló ayer que estudiarán "pedir responsabilidades penales para los que promovieron la demanda".