ZARAGOZA

Un juez cambia la expulsión de un inmigrante sin papeles por una multa de 1.000 euros

Al haber transcurrido dos años desde que se inició el expediente, el magistrado considera que esta persona ya está arraigada.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Zaragoza ha sustituido por una multa de 1.000 euros la sanción de expulsión del territorio europeo impuesta por la Subdelegación del Gobierno en la capital aragonesa a un ciudadano de Nicaragua que se encontraba en España de forma irregular, según la sentencia del magistrado Javier Albar, titular del juzgado.


La legislación española de extranjería recoge la posibilidad de imponer una multa en lugar de decretar la expulsión cuando el único delito haya sido la estancia irregular en España. Sin embargo, como el propio magistrado reconoce, en la práctica se da un "posible exceso del Reglamento, que, en este precepto y en contra de lo dispuesto en la Ley, parece imponer como regla general la expulsión y como excepción la multa".


En este caso, el ciudadano nicaragüense entró en España en junio de 2006, y "no había realizado acto alguno de regularización" cuando un año después, el 6 de agosto de 2007, le fue incoado el procedimiento por carecer de papeles. La Subdelegación del Gobierno acordó a 21 de noviembre de 2007 decretar la expulsión del territorio, pero el afectado acudió a los tribunales solicitando la anulación de la medida por su "desproporcionalidad".


La argumentación del juez parte de que "si a alguien se le incoa el expediente de expulsión a los pocos días de estar en España, lo más razonable es la expulsión, pues con ella se restablece la situación jurídica infringida y se hace respecto de alguien que carece de todo derecho y arraigo en España".


Por el contrario, "si se incoa pasados dos o tres años, el dato por omisión, que es la ausencia de intención de regularización y que puede justificar la expulsión, puede verse contrapesado si se ha generado un importante arraigo", como el que a juicio del magistrado tenía este ciudadano, que convive con su mujer desde que llegó a España. Con ella tiene dos hijos menores de edad, pero ambos viven en Nicaragua.


Así, la sentencia concluye con la anulación de la expulsión y la imposición de una multa de 1.000 euros porque "no habiendo más elemento negativo que el de no haber intentado regularizarse, y teniendo en cuenta que tampoco había pasado tanto tiempo y que tiene en su favor una convivencia de años con paternidad de por medio, se considera excesiva la sanción de expulsión".


Expulsión por cárcel


Esta vez una multa ha librado a una persona de ser devuelta a su país, pero hay otras en las que los propios afectados aceptan ser expulsados a cambio de salir antes de prisión. Esa propuesta ha sido hecha en ocasiones por la Fiscalía a inmigrantes que cometieron delitos y fueron juzgados por ello.


Así ocurrió el pasado mes de junio con un acusado de tentativa de homicidio, que agredió a otro inmigrante con un vaso roto en el cuello. El fiscal pedía inicialmente para él cinco años de prisión, pero antes del juicio le ofreció cumplir tres años y, al terminar ese periodo, ser devuelto a su país. El procesado, el marroquí Abdelkhalek Boukar, que llevaba en prisión desde agosto de 2006 cuandofue juzgado en junio de 2008, aceptó sin dudar el acuerdo pues ya solo le quedaban cuatro meses para alcanzar las tres cuartas partes de su condena y ser expulsado.