JUSTICIA

La Audiencia no considera atentado el puñetazo recibido por la bedel de un instituto

La sentencia señala que la conserje se extralimitó en sus funciones al golpear primero a un menor, que respondió a la agresión.

La Audiencia Provincial ha ratificado la sentencia impuesta en su día por el Juzgado de Menores número 1 de Zaragoza contra un menor que propinó un golpe en la cara a una conserje del Instituto de Secundaria José Manuel Blecua. La juez condenó al menor por las lesiones graves que causó, pero lo absolvió del delito de atentado, como solicitaba la fiscalía y el abogado de la víctima.


El suceso abrió un debate sobre violencia en los centros escolares y motivó la petición por parte de sindicatos de profesionales de la enseñanza de que estos casos se considerasen como delitos de atentado a la autoridad o a funcionario público.


Sin embargo, la Audiencia -como ya lo hizo la titular del Juzgado de Menores número 1- aprecia que la bedel perdió su condición de funcionaria y la protección que la ley le otorga como tal en su labor, en el momento en el que se extralimitó en sus funciones dando una bofetada al menor, quien reaccionó "impulsiva e incontroladamente" por la excitación y agravio del golpe.


La sala considera que está acreditado tanto la condición de funcionaria de la víctima, como la agresión que sufrió y que los menores sabían quién era. No obstante, subraya que hay que tener en cuenta el "contexto concreto" en que ocurrió el incidente. Así, en el relato de hechos probados recoge que el 21 de noviembre de 2006, sobre las 16.55, tres menores se presentaron en el instituto José Manuel Blecua, en el barrio de La Paz, y se dirigieron al salón de actos porque había unas actividades extraescolares a las que ya habían asistido otros días.


Al verlos entrar, la conserje los detuvo y les preguntó que a dónde iban. Ellos respondieron que al salón de actos y la ordenanza les dijo que fuesen antes a hablar con el monitor o que se fueran. La situación se tensó de tal manera que "entre los nervios y la excitación de todos", especialmente del menor y de la conserje, los cuatro "se encararon y comenzaron a proferirse expresiones hostiles" que fueron escuchadas por un profesor y un educador. Este último vio como la mujer "levantaba la mano y se la ponía en la cara" al joven. También vio como el menor, "tras unos instantes en blanco", reaccionó "impulsiva e incontroladamente por el agravio y la excitación de la bofetada recibida y le propinó con la mano un fuerte y contundente golpe a la señora en el pómulo izquierdo", señala el fallo.


En cuanto a la conducta de la trabajadora, el tribunal dice que "hubiera bastado con avisar al monitor sin necesidad de ir tras ellos" y que "contribuyó a crear una situación de tensión y hostilidad inadecuada cuando inició una discusión a voces y dio una bofetada al menor". "Aun en el caso de haber sido agente de la autoridad, con este comportamiento la habría perdido", decía la sentencia ahora ratificada. El joven, defendido por el letrado Javier Notivoli, cumplió seis meses de internamiento, medida que coincidió con la que le impuso la juez.