El TC suspenderá el golpe de ZEC pero Santisteve sigue sin devolver a la oposición a las sociedades

El Constitucional acordará la medida cautelar en septiembre tras el recurso del Ejecutivo central a la ley de capitalidad. El gobierno local desoye las peticiones de rectificar y defiende la validez de las decisiones de los entes municipales.

Javier Lambán y Pedro Santisteve, en marzo de 2017, en la firma del acuerdo de la ley de capitalidad.
Javier Lambán y Pedro Santisteve, en marzo de 2017, en la firma del acuerdo de la ley de capitalidad.
José Miguel Marco

El Tribunal Constitucional (TC) suspenderá cautelarmente en septiembre el artículo de la ley de capitalidad que esgrimió ZEC para expulsar a parte de los concejales de la oposición de las sociedades municipales y hacerse con el control de los consejos de administración. Lo hará tras el recurso presentado el viernes por el Ejecutivo del socialista Pedro Sánchez, que invocó la necesidad de dejar sin efecto ese apartado de la norma. Pero ni aún así el gobierno de ZEC rectificó y mantuvo su resistencia a que los órganos de dirección de las empresas públicas reflejen el resultado de las urnas.

La suspensión cautelar estaba cantada y no hubo sorpresas al trascender ayer el contenido del recurso de inconstitucionalidad contra la ley de capitalidad. En su primera página, se invoca la suspensión del precepto impugnado, que es el que permitió a ZEC dar su golpe de mano en las sociedades. Por tanto, tal y como recoge la Constitución y la ley orgánica del TC, la admisión a trámite supondrá la suspensión automática. Eso sí, el Alto Tribunal deberá decidir en un plazo máximo de cinco meses y una vez escuchadas a las partes si la mantiene.

Los fundamentos de derecho del recurso ahondan en principios constitucionales básicos, como el de autonomía local, soslayado por la ley de capitalidad según el criterio de la Abogacía del Estado. La norma autonómica sostiene, en su artículo 14.1.u), que le corresponde al gobierno de Zaragoza "la formación de la voluntad del Ayuntamiento" como socio único de una sociedad municipal, "asumiendo las funciones de la junta general", entre las que figura la designación de los miembros de los consejos de administración. Con este argumento jurídico y sin la autorización del pleno, ZEC destituyó el 9 de febrero de 2018 a parte de los ediles de la oposición para hacerse con la mayoría en los consejos.

La Abogacía del Estado, en línea con lo ya manifestado por el Consejo de Estado en la etapa del PP, recuerda que la constitución de las sociedades instrumentales corresponde al pleno, al igual que otras decisiones vinculadas con la gestión económica o de los servicios municipales.

Por tanto, considera que "si es el pleno de la corporación local (...) el órgano que debe crear sociedades mercantiles de socio único (...),? debe concluirse que será el pleno el que habrá de tomar las decisiones cuyo representante materialice en el seno de la sociedad cuando se constituya como junta general".

Esto significa, según el recurso, que una ley autonómica no puede sustraer al pleno "la facultad de determinar si debe ser aquel o, por el contrario, el consejo de gobierno como órgano ejecutivo, quien ejerza las competencias de la junta general" en las sociedades en que el Ayuntamiento sea socio único.

Sin declaraciones de ZEC

Ningún representante del gobierno local hizo declaraciones sobre el contenido del recurso, ni siquiera el alcalde, Pedro Santisteve, que ayer estuvo en el Ayuntamiento. Solo se envió a los medios de comunicación un texto en el que se recogían diversos argumentos jurídicos a propósito de la interposición del recurso. Nada dijo ZEC del aspecto más importante: cuándo va a devolver la proporcionalidad política a los consejos de administración ante la inminente suspensión del artículo de la ley de capitalidad que facilitó el golpe en las sociedades.

En el texto, el gobierno sostiene que, para el Ayuntamiento solo regirá la suspensión en el momento en el que se publique el edicto de la admisión a trámite del recurso de inconstitucionalidad (la suspensión ya está vigente tanto para el Estado como para la DGA). Según ZEC, para que esto ocurra pasará todavía un mes o mes y medio.

El gobierno subrayó que los acuerdos adoptados por las sociedades desde el 9 de febrero "se presumen válidos y no se ven afectados por la interposición del recurso ni por la suspensión del precepto en cuestión". Recuerdan además un aspecto obvio y es que ni la interposición del recurso, ni su admisión, ni la suspensión de la aplicación del artículo impugnado implican su inconstitucionalidad, que será determinada en la sentencia. Pero sobre el futuro de un Ayuntamiento inmerso en una profunda crisis, ni una palabra.?

Por su parte, el consejero de Presidencia de la DGA, Vicente Guillén, defendió la constitucionalidad de la ley y recordó que el Ejecutivo de Sánchez no ha tenido más remedio que interponer el recurso tras el dictamen del Consejo de Estado, redactado en la época del PP. Eso sí, lamentó el uso que ZEC hizo del artículo 14 de la ley de capitalidad y que no cumpliera el acuerdo político de respetar el reparto de fuerzas del pleno en los consejos de administración de las sociedades.

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