La oposición cree que el alcalde debería haber convocado la Junta tras el recurso de ZEC

El concejal Pablo Muñoz interpuso una demanda contra la decisión plenaria de indisponer créditos para las sociedades municipales.

Pablo Muñoz, concejal de Zaragoza en Común.
La oposición cree que el alcalde debería haber convocado la Junta tras el recurso de ZEC
Oliver Duch

Los cuatro grupos municipal de la oposición en el Ayuntamiento de Zaragoza (PP, PSOE, CHA y Cs) han asegurado que el alcalde, Pedro Santisteve, de acuerdo al reglamento municipal, debería haber convocado la Junta de Portavoces en 48 horas tras conocer la demanda ante el juzgado de lo contencioso-administrativo interpuesta por el concejal de ZEC Pablo Muñoz contra la decisión plenaria de indisponer créditos para las sociedades municipales.

Toda la oposición ha criticado que el alcalde no convocara a este órgano municipal cuando en el informe del secretario general del Pleno se señala que "no hay motivos para la no convocatoria de la Junta de Portavoces extraordinaria que PP, PSOE, Cs y CHA solicitaron al alcalde para recibir información de la demanda", ha estimado los cuatro grupos.

En concreto, el informe de la Secretaría General del Pleno concluye que "cabe la posibilidad de que tanto dos grupos municipales, como la quinta parte de los concejales puedan solicitar la convocatoria de la Junta de Portavoces con objeto de que se les facilite una información concreta de especial trascendencia e importancia para los mismos, incluidos asuntos en trámite en la Administración de Justicia".

"Por tanto, el citado informe no puede servir para justificar en sí mismo por su contenido, la no convocatoria de la Junta de Portavoces solicitada, ni impide su celebración a petición de cuatro grupos políticos municipales, para informar de un asunto que consideran de especial relevancia, por la trascendencia que el mismo está teniendo", se recoge en el informe de la Secretaría de Pleno.

Asimismo, el documento apunta que el artículo 30-4 del ROM (Reglamento Orgánico Municipal) "regula claramente la posibilidad de que la quinta parte de los concejales o dos grupos municipales, puedan solicitar una Junta de Portavoces para tratar asuntos atribuidos por Ley o por el propio ROM a dicho órgano".

"Entre los asuntos atribuidos a la Junta de Portavoces por el artículo 30-1 del ROM hay que destacar el recogido en su apartado a), 'acceder a las informaciones que la Presidencia les proporciones, para difundirla entre los miembros de cada grupo", concluye el informe de la Secretaría General de Pleno.

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