El golpe de ZEC en las sociedades podría acabar en el Constitucional

PP, PSOE, Ciudadanos y CHA pactan un paquete de medidas para recuperar el control político de las sociedades, como el bloqueo de los presupuestos de las entidades o la creación de entes públicos empresariales.

Reunión de los grupos de la oposición en el Ayuntamiento.
Los grupos de la oposición se han reunido los últimos días para acordar medidas ante la toma de las sociedades por parte de ZEC.
Oliver Duch

El informe jurídico encargado por PP, PSOE y C’s sobre el golpe de ZEC en las sociedades municipales del Ayuntamiento de Zaragoza abre la vía de un recurso ante el Tribunal Constitucional. Si el Estado promoviera la impugnación del artículo de la ley de capitalidad con el que ZEC ha justificado la drástica medida de expulsar de las sociedades a parte de los ediles de la oposición la suspensión sería inmediata, aunque sería necesario un proceso previo de negociación con el Gobierno de Aragón, que se prolongaría durante varios meses.

Al margen de las actuaciones judiciales que se pudieran poner en marcha, la oposición ha anunciado que solicitará en un pleno extraordinario un paquete de medidas para recuperar el control democrático de las sociedades municipales (Ecociudad Zaragoza, Zaragoza Vivienda, Zaragoza Cultural y Zaragoza Deporte). En la sesión también reclamará la reprobación del alcalde, Pedro Santisteve, y del gobierno municipal.

Entre las propuestas, figura la declaración de no disponibilidad de los parte de los presupuestos de las sociedades, para que cualquier gasto de inversión o subvenciones tuviera que pasar por el pleno. La oposición, que asumió que el gobierno puede poner trabas a la materialización de estas iniciativas, defenderá además la transformación de las sociedades en entes públicos empresariales o la modificación del reglamento orgánico, para que se reconozca la mayoría política del pleno en los consejos de administración.

El documento, que se ha hecho público este miércoles, ha sido elaborado por los catedráticos de Derecho Administrativo Gerardo García-Álvarez y José María Gimeno Feliu y concluye que en la actuación del gobierno pudo haber “fraude de ley” y “desviación de poder”. Pero incide en la cuestión de la posible inconstitucionalidad del artículo de la ley de capitalidad al que se aferra ZEC para justificar jurídicamente los nombramientos y ceses de las sociedades municipales por los que se ha hecho con el control de los consejos de administración.

Consideran los expertos que la previsión del artículo 14 de la ley de capitalidad, que establece que el gobierno municipal ostenta la condición de junta general de las sociedad (hasta ahora esa competencia era del pleno), “resulta constitucionalmente discutible”, dado que no está prevista en la legislación estatal. Por eso, sostienen que puede haber “un exceso competencial” en la previsión de la ley de capitalidad.

Según el informe jurídico, las competencias del gobierno como junta general de las sociedades están referidas “a la materialización y ejecución” de las decisiones del pleno. “Interpretar en otro sentido las previsiones de la ley de capitalidad de Zaragoza llevaría irremisiblemente a la inconstitucionalidad”.

Por eso el informe recuerda que la consideración del pleno como “órgano de máxima representación política de los ciudadanos en el gobierno municipal” no puede “burlarse” mediante la aplicación “en fraude de ley”. En este sentido, afirma que la ley de capitalidad no impide una representación proporcional en el seno de las sociedades municipales. También dice que el acuerdo adoptado en este sentido por parte de los grupos municipales al principio de la corporación.

Por otro lado, el dictamen refleja que en cualquier caso se exigiría modificar los estatutos de las sociedades públicas con carácter previo a “una eventual ejecución de la literalidad” de las previsiones de la ley de capitalidad, trámite que no ha hecho el gobierno municipal. Hay que tener en cuenta que en algunos casos, como Ecociudad, los estatutos establecen que el pleno es la junta general, no el gobierno. En este sentido, el informe habla que la decisión unilateral del gobierno podría ser considerada una “desviación de poder”.

Entidades públicas empresariales

El informe apunta la posibilidad de conversión de las cuatro sociedades municipales en entes públicos empresariales, una fórmula que es tan ágil y flexible en materia de gestión como la que existe actualmente, sobre todo de cara a la aplicación de la futura ley de Contratos del Sector Público. El PSOE reclamó un acuerdo sindical previo.

Por otro lado, el informe recuerda que la Ley de Haciendas Locales admite la posibilidad de que el pleno “inmovilice” parte del presupuesto de las sociedades. Los grupos advirtieron que este bloqueo no afectaría al gasto corriente o de personal, sino a las inversiones y subvenciones. El PSOE también aclaró que propondrá que su aplicación sea temporal, de dos o tres meses, hasta el restablecimiento de “la normalidad democrática” en el Ayuntamiento.

La reforma del reglamento orgánico incluiría, según dice el informe, la previsión de que las sociedades de capital íntegramente municipal tengan un consejo de administración que respete “un criterio proporcional” en función del número de concejales. Las propuestas de nombramiento corresponderían a los grupos, según consta en la propuesta.

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