Tercer Milenio

En colaboración con ITA

El Colegio de Enfermería de Zaragoza recurre la norma por "restrictiva y discriminatoria"

La orden no permite que las enfermeras sean investigadoras efectivas, solo colaboradoras.

La orden recurrida excluye a las enfermeras como investigadoras efectivas
La orden recurrida excluye a las enfermeras como investigadoras efectivas
Guillermo Mestre.

El Colegio de Enfermería de Zaragoza ha interpuesto en el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) un recurso contencioso administrativo contra uno de los artículos de la orden del Departamento de Innovación, Investigación y Universidad del Gobierno de Aragón que regula la concesión de subvenciones destinadas a financiar la investigación de los grupos de I+D+i de la Comunidad.

Según explicó a este diario el abogado del Colegio, Juan Carlos Campo, el escrito de la demanda pide la anulación o modificación del artículo 6C, que define qué es un investigador efectivo y quiénes pueden acceder a esta consideración en función de su categoría profesional o modalidad de contrato.

En él se enumera, entre otros, a catedráticos, profesores titulares universitarios, personal investigador, contratados de los programas Ramón y Cajal, Juan de la Cierva, Araid y similares. Cuando se refiere a los funcionarios de la Administración autonómica solo cita a los empleados incluidos en la categoría profesional A1.

"En opinión del Colegio –apuntó Campo–, el articulado resulta gravemente lesivo para el personal de enfermería, ya que este colectivo no pertenece al grupo A1, sino que está englobado en el nivel A2, con lo que queda excluido del rol de investigador efectivo, el fundamental".

La enfermería –al igual que otras profesiones como fisioterapeuta, terapeutas ocupacionales o trabajadores sociales– está englobada en la escala profesional A2 de la Administración. En la categoría A1 se incluye a los médicos, farmacéuticos y veterinarios, entre otros.

El letrado calificó la orden de "restrictiva y discriminatoria" y argumentó que enfermería "ha participado en programas de investigación y doctorado; son gente muy capacitada y de hecho llevan años formando parte, como miembros muy activos, de los grupos de investigación".

Lamentó que el texto regulador de las ayudas condene a este colectivo profesional a conformarse con participar en los grupos de investigación como miembros colaboradores, no como investigadores efectivos, sin tener en cuenta su formación y capacidad. "Hay ya mucho personal de enfermería con el doctorado hecho –apuntó Campo–. Por ello, no entendemos que se les excluya".

En defensa de la profesión

Raúl Juárez, secretario del Colegio de Enfermería de Zaragoza, apuntó por su parte que la decisión de recurrir la orden se tomó en la Junta de Gobierno del pasado 16 de enero, ante la multitud de quejas llegadas de enfermeras excluidas de grupos en los que hasta ahora eran investigadoras efectivas. Juárez incidió en que el recurso se ha interpuesto en defensa de la profesión.

Desde el Departamento de Innovación, Investigación y Universidad se explicó que los artículos 6 y 7 de la orden recogen las categorías de los participantes de los grupos (investigadores efectivos o miembros colaboradores) y que en ambos casos, "se tiene en cuenta su producción científica y su contribución para la descripción de la actividad investigadora del grupo".

Aun así, se comprometieron a estudiar cada situación y tenerla en cuenta para nuevas regulaciones, "si hubiera casos de agravio comparativo". Por último, recordaron que la orden se había sometido a información pública durante un mes y que no hubo ninguna alegación en este sentido.

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