La Audiencia Nacional imputa a Defensa por la muerte de un militar en San Gregorio

Achaca la falta de vigilancia y cuidado en el campo de tiro en la explosión de una granada sin identificar en 2011.

Unos blindados en unas maniobras en el campo de San Gregorio.
La Audiencia Nacional imputa a Defensa por la muerte de un militar en San Gregorio
Guillermo Mestre

La sección de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional ha imputado al Ministerio de Defensa la responsabilidad en la explosión de una granada en un blindado en el campo de San Gregorio, que ocurrió el 8 de junio de 2011, por la que murió un sargento y resultó herido un cabo. La sentencia considera que el accidente se produjo porque los militares creyeron que estaban frente a una granada lastrada sin carga explosiva, en lugar de ante un artefacto cargado. Pero este accidente no se puede achacar solo a la "propia y exclusiva conducta de los militares", sino que en su generación contribuyeron "acciones y omisiones" de la autoridad militar al no adoptar "el deber de vigilancia y cuidado" en el Campo de Tiro porque era una granada peligrosa que no estaba identificada, y se encontró en una zona donde no debía estar.

"Estas concausas", apunta el fallo, "determinaron el juicio erróneo que llevó a los militares afectados al catalogar el segundo proyectil que recogieron y determinó el accidente". La explosión se produjo durante unas prácticas y los afectados iban en un blindado BMR. Recogieron una primera granada y la introdujeron al vehículo al comprobar que estaba lastrada. Luego recogieron el segundo artefacto y en este caso explotó dentro del blindado cuando se puso en marcha, lo que provocó la muerte del sargento Salvador Huerta y heridas al cabo primero J. F. M. R.

El fallo de la Audiencia Nacional enumera tres errores en el accidente que mencionó el auto de la juez militar de Zaragoza: el proyectil estaba fuera de la zona autorizada (F-23) y debió señalizarse inmediatamente en el campo de San Gregorio; la granada que explosionó no estaba identificada, ni color, ni información de la munición, y solo tenía unos datos de uso particular; y el lugar donde fue hallada estaba a más de dos kilómetros de la zona en la debía caer y en ningún caso, debería haber allí granadas reales. La Audiencia Nacional considera que "en la generación" del hecho "no solo es imputable a la conducta de los militares afectados", sino que "contribuyó una no adecuada actuación de la Administración militar".

La sentencia no reconoce la indemnización que solicitó la familia del fallecido por la responsabilidad de la Administración porque la viuda e hijos recibieron pensiones, así como el seguro y las becas. Asimismo, rechaza la indemnización a la madre del fallecido por un daño moral al no haber alegado una razón especial. Sin embargo, un magistrado emitió un voto particular en el que reconoció 9.000 euros para la madre por su relación con el hijo. El abogado de la familia, Javier Hernández, no comentó el fallo por deseo de la familia del fallecido.

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