La alarma social no condiciona al magistrado

El juez argumenta que no hay suficientes indicios para procesar a H. S. S. por ocho incendios y espera que se amplíen las investigaciones.

El fuego registrado en los contenedores de la esquina de las calles de Mariano Turmo y Mosén Agudo destruyó varios vehículos.
El fuego registrado en los contenedores de la esquina de las calles de Mariano Turmo y Mosén Agudo destruyó varios vehículos.
José Miguel Marco

El magistrado Rafael Lasala ha dejado clara en su auto la razón por la que decidió dejar a H. S. S. en libertad provisional: el indicio más «útil» que existe contra él es la declaración de un testigo que declara ante la Policía que el día 24 vio cómo tiraba una botella de vidrio a un contenedor de plástico de la calle de García Arista que comenzó a arder poco después. Para el juez, eso es suficiente para proceder contra él por el mencionado incendio, pero no de la suficiente entidad para adoptar una medida tan gravosa como la prisión provisional, ya que en el ordenamiento jurídico la regla general ha de ser la libertad del investigado mientras se instruye el proceso penal. Explica el magistrado que es cierto que consta la manifestación del testigo, pero no la considera bastante para atribuir la relación causa-efecto entre la acción de H. S. S. y la combustión del depósito, si bien admite que es «mucha» la casualidad.

El instructor asegura que es consciente de que ese incendio se enmarca en una sucesión de hechos similares que han causado gran alarma en los barrios afectados, que superan el ámbito del Arrabal. Pero añade que de ahí no puede derivarse una prisión preventiva para el detenido, como forma de «acallar la presión social sobre investigadores y jueces».

Lo que se deriva de ella, según su criterio, es la «obligación» de «apurar» la investigación, ya sea con los informes necesarios sobre el material combustible empleado; grabaciones de cámaras de seguridad que aún no han sido aportadas a la causa; nuevas declaraciones de testigos y otras gestiones que sirvan para apoyar o desvirtuar la declaración que el investigado efectuó ayer ante el magistrado.

Por todas esas razones, Rafael Lasala optó por acordar la libertad provisional de H. S. S., aunque le impuso la obligación de comparecer los días 1 y 15 de cada mes en el juzgado y cada vez que sea llamado. Si incumpliera esta orden, podría ingresar en prisión de manera preventiva.

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión