Condenado a 8 años por intentar asesinar a su exmujer en la Fuente de la Junquera, la mitad de lo que pedía el fiscal

La Audiencia le aplica las atenuantes de reparación del daño y enajenación mental y la agravante de parentesco. Le impone además un año y tres meses de prisión por acuchillar a un amigo de la víctima.

Inocencio Lázaro Longares en una sala de la Audiencia Provincial de Zaragoza.
Inocencio Lázaro Longares en una sala de la Audiencia Provincial de Zaragoza.

Ocho años de prisión es la condena que la Audiencia Provincial de Zaragoza ha impuesto a Inocencio Lázaro Longares por intentar asesinar a su exmujer, Anabel A., la cual salvó la vida gracias a la rápida asistencia médica prestada primero por una vecina de la urbanización Fuente de la Junquera, donde ocurrieron los hechos, y el 061, después. El tribunal de la Sección Primera entiende que esa es la pena adecuada teniendo en cuenta las atenuantes de reparación del daño –el acusado ha pagado las indemnizaciones que pedía la Fiscalía (68.910 euros)– y la de enajenación mental, ya que tiene, según la sala, un «trastorno de personalidad» unido a una «posible ansiedad por abstinencia alcohólica».

En cuanto a las cuchilladas que recibió Alfonso J. M., el amigo de Anabel A. que esa noche estaba con ella durmiendo en su casa, los magistrados consideran que la pena ajustada es la de un año y tres meses de cárcel, la mínima que recoge el Código Penal por una tentativa de homicidio inacabada con dos atenuantes.

Aparte de la prisión, la sentencia, de la que ha sido ponente el presidente de la Audiencia Julio Arenere, prohíbe a Lázaro aproximarse a Anabel a menos de 300 metros en cinco años, y durante tres respecto a Alfonso J.

El acusado, defendido por el letrado Enrique Trebolle, deberá indemnizar al Salud con 13.209 euros por los gastos médicos causados en el tratamiento de ambos lesionados y pagar las costas de las acusaciones particulares ejercidas por los abogados Javier Notivoli y Antonio Jorge Torrús.

La familia y los amigos de Anabel A. han encajado con disgusto la decisión del tribunal, que han llegado a calificar de «provocación» y «vergüenza». Aseguran que este fallo judicial «condena» a la víctima a vivir con «miedo» y «perpetúa el maltrato», mientras que el homicida ha causado «muerte» y «humillación» a «precio de saldo». Tampoco entienden que se le aplique una atenuante por enajenación cuando fue un crimen planificado. "Ya nos pareció injusto la salida de rositas del alcahuete del portero noche...y ahora esto", añaden, en referencia al archivo de la causa contra él como cómplice de las tentativas de asesinato.

La sentencia declara probado todo el relato de hechos que mantenían las acusaciones respecto a Anabel A., pero impone una pena inferior a la que pedían. En concreto, la Fiscalía solicitaba 11 años por la tentativa de asesinato de la mujer (15 la acusación particular) y el tribunal se ha inclinado por condenarle a 8 años.

En cuanto al ataque sufrido por Alfonso J. M., su letrado y el fiscal reclamaban penas de 11 y 8 años, respectivamente, por tentativa de asesinato y la defensa pedía seis meses por lesiones la sala ha optado por condenarle a un año y tres meses por tentativa de homicidio, ya que el hombre tuvo oportunidad de defenderse, no como Anabel A., que fue acuchillada cuando dormía. Los magistrados afirman que el varón paró los golpes que le dirigió a órganos vitales. Y justifican su calificación de tentativa de homicidio con, entre otros, el siguiente argumento: «Resulta difícil entender que si la voluntad era la de matar a su esposa porque le era infiel, la voluntad con respecto a la persona con la que era infiel, fuera solo la de lesionarle».

Atacados cuando dormían

Los gritos de ella fueron los que despertaron a Alfonso J. M. la madrugada del 19 de junio de 2015, cuando Inocencio Lázaro los acuchilló. El hombre, que llevaba meses separándose de su mujer, había estado pendiente de sus movimientos durante toda la noche gracias a la información facilitada por el portero de la finca. Sobre las 4.00 entró en la vivienda y tras comprobar que dormían, cogió un cuchillo de 23 centímetros de hoja, fue de nuevo al dormitorio y, con la luz apagada, se sentó a horcajadas sobre su exmujer y le acuchilló hasta en cuatro ocasiones, atravesándole el abdomen hasta la espalda y afectándole a dos grandes vasos sanguíneos. «¿Qué queréis que haga si me encuentro a la mujer con otro en la cama?», dijo a la Policía.

La víctima se debatió entre la vida y la muerte durante días, tardó en curar más de un año, ha sido operada cinco veces y le han quedado graves secuelas físicas y psicológicas. En cuanto al estado mental de Lázaro, los magistrados afirman que tenía intacta su capacidad de «comprender la ilicitud del hecho», pero que el «trastorno de personalidad unido a una posible ansiedad» les lleva a aplicar la atenuante de enajenación. Rechazan, sin embargo, aplicar la atenuante de confesión, como también solicitó su abogado.

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