María de Huerva rebaja la grúa de 200 a 80 euros por turismo

El Ayuntamiento ha aprobado las ordenanzas fiscales que regulan las tasas por la retirada y depósito de los vehículos.

El Ayuntamiento de María de Huerva ha decidido aplicar una rebaja en la tasa que pagan los ciudadanos por la retirada de un turismo mediante la grúa, que pasa de los 200 euros de este año a los 80 euros a partir del 1 de enero de 2018. Así se recoge en las nuevas ordenanzas fiscales, que aprobó el pleno por unanimidad y que, entre otras novedades, incluye un precio diferente dependiendo del vehículo.

El Consistorio sacará a licitación la adjudicación del servicio a una empresa. María de Huerva cuenta con Policía Local desde el 1 de julio de 2015. Esta localidad asumió las competencias en materia de tráfico en marzo de 2016, que entraron en vigor en agosto de ese año. Hasta entonces, las denuncias se enviaban a la Dirección General de Tráfico, que se encargaba de tramitar la sanción, una responsabilidad que ejerce ya el Ayuntamiento.

La ordenanza fiscal número 8 contempla la modificación del artículo referido al servicio de retirada y depósito de vehículos. Hasta que finalice el año, de hecho, solamente hay una multa única de 200 euros por servicio de grúa (independientemente del tipo de vehículo del que se trate) y 20 euros diarios por la custodia del vehículo en depósito municipal, tal y como informó Víctor Villacampa, jefe de la Policía Local de María de Huerva.

Desde enero, el Ayuntamiento establecerá diferentes cuantías. Así, el servicio de retirada de bicicletas se sancionará con 5 euros; ciclomotores de hasta 49 centímetros cúbicos, 25 euros; motocicletas, 35 euros; y turismos, 80. El coste de depósito también es diferente, y va desde los 2 euros de una bici a los 15 de un coche, por día. Por inmovilización se ha establecido un pago de 15 euros.

Bonificación

Otra de las modificaciones que incluyen las ordenanzas fiscales para el próximo año es la bonificación de hasta el 90% de plusvalías en caso de herencias. Este porcentaje se aplicará a partir de enero a aquellos inmuebles cuyo valor sea igual o inferior a 30.000 euros. Será progresiva en función del valor catastral del bien (entre 30.001 y 50.000 euros será del 50%). Además, para tener derecho a la bonificación será necesario que se mantenga la propiedad o el derecho real sobre el inmueble durante los tres años siguientes al fallecimiento del anterior dueño.

Las ordenanzas contemplan otras novedades, como la exención del pago de la tasa por expedición de documentos para quienes soliciten volantes o certificados de empadronamiento a través de la sede electrónica del Ayuntamiento, mediante el correspondiente certificado digital de identificación. La alcaldesa explicó que otras tasas e impuestos se han congelado.

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