​Aprobado el plan de protección del Monumento Natural del Nacimiento del Río Pitarque

El periodo de vigencia previsto para este plan de protección es de 10 años.

El nacimiento del Pitarque es monumento natural desde 2009
El nacimiento del río Pitarque cambia de imagen
A.S.

El Consejo de Gobierno ha aprobado el plan de protección del Monumento Natural del Nacimiento del Río Pitarque, en la provincia de Teruel.


Se trata de un instrumento básico de planificación de la gestión del mismo que establece su zonificación, detalla los diferentes usos y actividades prohibidos y permitidos, determina las actuaciones de gestión necesarias para la conservación y restauración de los ecosistemas y equilibrios biológicos existentes, fija las normas para el uso y gestión del monumento y regula y promueve la coordinación administrativa entre los órganos administrativos implicados.


El monumento tiene la consideración de zona ambientalmente sensible, por lo que los usos y actividades en su entorno están sometidos a un régimen de autorizaciones o emisión de informes.

En este sentido, se considerarán usos o actividades prohibidos todos aquellos que sean incompatibles con las finalidades de protección del Lugar de Interés Geológico de Aragón y supongan un peligro actual o potencial, directo o indirecto para este lugar o cualquiera de sus elementos o valores.


Del mismo modo, el plan se ocupa de la mejora de hábitats y recuperación de especies mediante repoblaciones y el control de especies y de actividades cinegéticas y piscícolas. Además, regula de las actividades de investigación, prohíbe instalaciones asociadas a nuevas actividades industriales o comerciales y fija restricciones a los usos recreativos y deportivos. Por su parte, todas las actividades agropecuarias y forestales tradicionales son consideradas compatibles con los objetivos del plan.


El Monumento Natural del Nacimiento del Río Pitarque se extiende alrededor del cauce del río que discurre encajado entre abruptas paredes calizas y flanqueado por una rica y variada vegetación ribereña. En él destacan fauna tan escasa como la nutria (Lutra lutra) y espectaculares cantiles que albergan poblaciones de rapaces rupícolas como el buitre leonado (Gyps fulvus). Todo ello forma un elemento de gran interés y poco común en la geografía aragonesa, que se adapta a la figura de Monumento Natural.


El periodo de vigencia previsto para este plan de protección es de 10 años. Podrá revisarse antes de finalizar el plazo si concurren causas como la modificación de los límites, la aparición de instrumentos de planificación de rango superior, la necesidad de cambios en la normativa dirigidos a la mejor conservación del monumento, hallazgos que justifiquen la necesidad de modificaciones sustanciales o cambios significativos en los ecosistemas del monumento; también pueden realizarse a propuesta del patronato del espacio natural.

Transcurridos los 10 años, el plan continuará siendo vigente de forma transitoria hasta la aprobación de uno nuevo.

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