Cuando los guías turísticos piden comisión

Unos pocos establecimientos atraen compradores extranjeros premiando a los 'cicerones'. Una práctica extendida en otras zonas más turísticas.

Zaragoza apostó por ganarse al turismo chino en la última edición de Fitur.
Dos turistas asiáticos se interesan por Zaragoza en Fitur
Ayto. Zaragoza

'Te traigo turistas con mucho dinero a tu tienda y tú me das el 10% de lo que se gasten...'. Las propuestas de este tipo no son ni mucho menos nuevas. Son habituales en los destinos turísticos dentro y fuera de España, aunque en Zaragoza ha sido, hasta ahora, una práctica inédita que ha comenzado a introducirse de manera muy tímida.


La llegada de turistas procedentes de China ha traído, de forma muy puntual, este ejercicio comercial que bordea la legalidad. El propietario de una tienda de bolsos y maletas en la capital aragonesa, cuyo nombre se omite por petición expresa, explica que es "una forma de dar salida a artículo muy concretos de alta gama". En su caso logra colocar el producto más oneroso de su catálogo: una maleta de cabina de la marca alemana Riowa, modelo 'Topas', cuyo precio de venta al público alcanza los 829 euros.


"Es un producto muy exclusivo y que no es fácil de encontrar. Por lo general, al turista chino con dinero le gusta comprar artículos de marca, en cierto modo es presumido. Los guías (también de origen chino y que acompañan al grupo por las distintas ciudades que visitan) tienen localizadas las tiendas en las que se pueden hacer este tipo de compras y nos proponen los acuerdos. En mi caso es un 10% de las ventas, aunque en un primer momento nos pedían un 20% de comisión, que no aceptamos", afirma el citado comerciante, quien reconoce que "en Zaragoza estos acuerdos son raros" y que "solo llegan las migajas de Madrid y Barcelona". En su caso, recibe grupos de diez o quince asiáticos que adquieren varias unidades del modelo 'top'.


Además de la tienda de valijas, Heraldo.es ha localizado otro establecimiento que también mantiene un acuerdo de esta naturaleza con un guía turístico, aunque su dueño ha preferido no hacer declaraciones. Por su parte, ni José Antonio Pueyo, presidente de la Federación de Empresarios de Comercio y Servicios de Zaragoza y Provincia (ECOS), ni María Pilar Martínez, presidenta del Sector calle Alfonso, tienen noticia de tiendas que paguen comisiones para atraer clientes.


Pero, ¿es legal?


Martínez se muestra escéptica sobre la legalidad de la práctica, que considera, "como poco, alegal". No anda equivocada. José María Mollinedo, secretario general del sindicato de técnicos de Hacienda (Gestha) detalla que "el comerciante puede llegar a incurrir en un comportamiento fraudulento, aunque sin repercusión directa". Dependerá de la actitud del comisionista a la hora de abandonar el país.


Mollinedo es conocedor de la práctica, "muy extendida en las zonas turísticas de la costa mediterránea y en ciudades como Madrid, Barcelona, Sevilla, Granada o Toledo". "Se conoce esta actividad, aunque al ser considerada menudeo no se investiga", apunta. El técnico lo equipara al "trato preferente que puede recibir un conductor de autobús por llevar a los viajeros a una estación de servicio determinada".


El guía que se lleva la comisión, añade el portavoz de los técnicos de Hacienda, "debería tributar por el impuesto de la renta de no residente, del 24%, y también nombrar un representante en España para entenderse con el Hacienda". ¿Y si no lo hace? "Estaría cometiendo una infracción tipificada como grave y se le podría reclamar la cuota del impuesto más lo correspondiente a la sanción". Si el comisionista residiese dentro de la Unión Europea, el tipo impositivo bajaría hasta el 19%.


Por otro lado, el guía, como cualquier otro ciudadano, debe declarar cuánto capital lleva encima a la hora de salir del país. "Se puede sacar hasta 10.000 euros en metálico, pero aún así ha de cumplimentar el modelo S-1 para declarar ese efectivo. Si no lo hace y los funcionarios lo detectan, ese dinero quedará depositado en la aduana hasta que logre justificar su procedencia, aunque en cualquier caso se le sancionaría", abunda Mollinedo.


¿Y qué pasa con el vendedor?


Los comerciantes españoles deben cumplimentar una declaración extra con las facturas que expiden para los clientes que residen fuera de la Unión Europea para que se le devuelva el IVA, del que en un primer momento se hace cargo. Pero con la comisión el escenario es diferente: "Al ser en dinero 'b', independiente de la venta y no hacerse ninguna factura, no va a poderla deducir como gasto. Por tanto, podría tener cierta responsabilidad si se intentase sacar ese capital o si la comisión superara los 2.500 euros, que es el límite establecido para las operaciones con pago en metálico".

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