Condenado a tres años de cárcel por violar a una mujer con la que estuvo de copas

La Audiencia Provincial de Zaragoza ha condenado al hombre de 35 años por violar a una joven.

La Audiencia Provincial de Zaragoza ha condenado a un hombre, de 35 años, Jaime Augusto T.R., a tres años y un día de prisión por violar a una joven con la que estuvo tomando copas por diversos establecimientos de la capital aragonesa.


El tribunal de la Sección Primera de la Audiencia ha aplicado para el procesado, nacido en Ecuador y vecino de Zaragoza, la concurrencia de la circunstancia atenuante "muy cualificada", al tener en cuenta la ingesta de alcohol, según la sentencia hecha pública este martes.


Además, le condena a no acercarse en cinco años a la víctima y a indemnizarle con 3.000 euros por daños morales, más 210 por las lesiones sufridas.


El tribunal considera hechos probados que el procesado y la víctima salieron cada uno con un grupo de amigos el 17 de junio de 2013 para tomar unas copas y en el transcurso de la noche coincidieron en un local, en el que el acusado trató de entablar "relación íntima" con la denunciante.


El procesado no logró el propósito, se separaron a lo largo de la noche, siguieron bebiendo copas por separado, y se volvieron a juntar por último en otro local, de donde acordaron ir a una bocatería que estaba cerrada y de la que el acusado tenía llave.


Allí, el procesado después de cerrar la persiana para garantizar la intimidad, agredió sexualmente a la víctima, a la que penetró por la vagina y lo intentó por el ano posteriormente, momento en que la víctima le golpeó con un cenicero y pudo escapar de él, aporrear la persiana y finalmente, después de que el acusado accediera a subirla, marchar.


El tribunal considera que el consumo de alcohol a lo largo de toda la noche tuvo "un papel relevante en lo acontecido" y limitó al acusado conocer las consecuencias de sus actos.


Los informes médicos corroboran que las múltiples excoriaciones que presentaba la denunciante en diversas partes del cuerpo son parcialmente compatibles con los hechos ahora referidos.


El procesado no posee antecedentes penales a efectos de reincidencia y estuvo en prisión desde el 19 de junio de 2013 hasta el 6 de agosto de 2014.


El fiscal pedía 9 años de cárcel, al igual que la acusación particular, mientras que la defensa pedía la libre absolución al considerar que no había cometido delito alguno.

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