El Tribunal Supremo confirma la condena de 4 años y medio de cárcel al exalcalde de Letux

Un jurado popular lo declaró culpable de un delito de malversación de caudales públicos por pagar dos veces las facturas a un constructor, también condenado.

El exalcalde de Letuz Luis Miguel Abós (de pie) y el constructor Jesús Lahoz Lucea, durante el juicio.
El exalcalde de Letuz Luis Miguel Abós (de pie) y el constructor Jesús Lahoz Lucea, durante el juicio.
Guillermo Mestre

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de cuatro años y medio de cárcel y ocho de inhabilitación absoluta para el exalcalde de Letux Luis Miguel Abós (PAR) por malversación de caudales públicos, así como la de seis años de prisión para el constructor Jesús Lahoz Lucea, condenado también por falsedad en documento mercantil.

Entre los dos deberán indemnizar a Caja Inmaculada con 67.387 euros, más los intereses, para liberar al Ayuntamiento de la deuda que arrastra desde que el empresario cobró dos veces varias facturas por unas obras, gracias a la autorización del exedil.

El alto tribunal confirma de esta manera la sentencia dictada en abril de 2016 por la magistrada de la Audiencia Provincial de Zaragoza María José Gil Corredera, que presidió el jurado que declaró culpables al exedil  y al empresario. El fallo había sido recurrido en primera instancia ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, el cual también lo ratificó.

El jurado consideró probado que en 2008, cuando Luis Miguel Abós era alcalde de Letux  (2007-2014), adjudicó a Jesús Lahoz Lucea una serie de obras en el municipio, tales como una nave agroindustrial, la red de agua y vertido del pueblo o el patio de las escuelas municipales.

Como otros consistorios, el de Letux se financiaba con subvenciones del Estado, del Gobierno de Aragón y de la Diputación Provincial de Zaragoza y cuando tenía fondos suficientes, pedía presupuesto para la obra que necesitaba. Los trabajos se hacían cuando estaba concedida la subvención, aunque esta no se pagaba hasta pasados dos meses, y la factura debía lógicamente adecuarse al presupuesto.

La sentencia explica que en agosto de 2008, cuando comenzó la crisis, Jesús Lahoz tenía problemas económicos, por lo que pidió al Ayuntamiento que le adelantara el dinero. El secretario municipal, Juan Manuel Fernández, se negó, ya que las facturas habían sido cobradas con anterioridad por una cesión de crédito a CAI y firmadas por el alcalde. A pesar de ello, Luis Miguel Abós las admitió y ordenó al secretario que las pagara.

El constructor repitió esta operación con otro bloque de facturas que, además, no se correspondían con ninguna obra, aunque en ellas figuraba el mismo concepto que en las originales. El empresario también alteró las fechas y el importe. En concreto, una de 21.000 euros la elevó a 38.860 y otra de 9.000, a 35.939 euros. Según la sentencia, el alcalde no solo las firmó, sino que las refrendó con el sello que tenía el tesorero para gastos pequeños.

De esta forma, Jesús Lahoz Lucea cobró dos veces siete facturas y algunas de ellas, tres. "Y si el alcalde no hubiese firmado ni dado la orden de pago al secretario, el constructor no hubiera podido cobrarlas», dice. El fallo judicial subraya que las órdenes de pago son competencia exclusiva del alcalde y, cuando se trata de unas sumas muy elevadas, del pleno del Ayuntamiento. El pago es competencia del secretario-interventor.

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión