La Guardia Civil dice que el camión que mató al presidente del club ciclista invadió el arcén

La Fiscalía rebaja la pena que pide para el conductor a 27 meses de cárcel al no quedar probado que condujera influenciado por el consumo de cocaína.

El camionero acusado, Alberto Lapiedra, durante la primera sesión del juicio.
El camionero acusado, Alberto Lapiedra, durante la primera sesión del juicio.
Aránzazu Navarro

Los guardias civiles que redactaron el atestado por el atropello mortal del presidente del Club Ciclista Ebro, Tomás Agustín Sancho, han asegurado de forma categórica que el camión implicado en el accidente invadió el arcén de la carretera de Valmadrid por el que circulaba correctamente la víctima, de 70 años. Lo han hecho este martes durante la segunda sesión del juicio, que ha quedado visto para sentencia. La Fiscalía pedía inicialmente cuatro años de prisión para el conductor del vehículo, Alberto Lapiedra, máxima pena que contempla el Código Penal para un delito de homicidio por imprudencia, ya que el acusado dio positivo en el test de cocaína. Sin embargo, tras escuchar el testimonio de los agentes, que descartan que el transportista tuviera signos de conducir influenciado por las drogas, el ministerio público ha rebajado a dos años y tres meses la petición de condena.

"No cabe duda de que fue una falta de precaución por parte del conductor, ya que no respetó el metro y medio de seguridad que marca la ley para adelantar a los ciclistas", ha declarado uno de los guardias civiles que elaboró el informe del siniestro, ocurrido el 7 de enero de 2015. Tanto esta como su compañero han insistido en que el impacto se produjo justo en la línea del arcén, lo que demostraría el estudio de velocidades y el hecho de que los daños del camión se localizaran en su frontal delantero. "Y esta parte estaba situada dentro del arcén", apuntaron. A preguntas de las acusaciones, los funcionarios han precisado también que no fue una colisión lateral sino por alcance, ya que "la rueda trasera de la bicicleta estaba totalmente deformada hacia dentro". La versión de la Guardia Civil se contradice con la que dió en la primera sesión del juicio el encausado, quien dijo que creía haber visto fuera del arcén a la víctima.

Respecto al consumo de cocaína, el informe de la Guardia Civil de Tráfico dice que la escasa cantidad detectada (90,2 nanogramos) no es suficiente para provocar síntomas apreciables en el conductor. De hecho, a la hora de ser interrogados por este asunto, los agentes han manifestado que el conductor "hablaba y se movía con normalidad, y no estaba influenciado por el consumo de drogas". "Que estuviera nervioso o con demasiada locuacidad es normal, le pasa a cualquiera que se ve implicado en un siniestro de estas características", han dicho. La forense que informó sobre este atropello ha recordado ante la juez que el positivo en drogas fue en saliva y no en sangre, por lo que solo los guardias civiles pueden decir si conducía o no afectado por los estupefacientes.

La acusación particular, que ejerce el letrado Ricardo Esteban Porras en nombre de la familia del fallecido, ha mantenido la petición de 3 años de cárcel para el acusado, puesto que ya no consideraba el consumo de cocaína en su calificación inicial. La defensa, por parte del abogado Enrique Esteban, solicita la absolución.

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