La indemnización a un motorista en coma pasa de 135.000 euros amás de un millón en un solo día

El conductor que al saltarse un ceda el paso arrolló al joven, de 20 años, ha sido ahora absuelto al despenalizarse las faltas.

Tras el accidente, se pintó una señal de stop en el cruce donde se produjo el accidente.
Tras el accidente, se pintó una señal de stop en el cruce donde se produjo el accidente. maite santonj
Maite Santonj

La familia de un joven motorista zaragozano al que un turismo arrolló el 4 de julio de 2014 en un cruce de calles del polígono industrial de La Puebla de Alfindén tendrá que acudir esta semana a la Ciudad de la Justicia para acreditar ante un juez que su hijo sigue vivo. En circunstancias normales, cabría pensar que se trata de una buena noticia. Pero las gravísimas lesiones cerebrales sufridas y el coma vigil en el que se encuentra el chaval desde aquel fatídico accidente impiden cualquier celebración. Máxime cuando los médicos consideran que a partir de ahora será imposible que la víctima experimente mejoría alguna. Pese a todo, a los padres de Samuel C. G., de 21 años, no les quedará otro remedio que cumplimentar el trámite y demostrar que su hijo no ha muerto.Porque ello hará que la indemnización de la aseguradora se multiplique por diez y pase de 115.993 euros a más de un millón.


El 2 de enero de 2016. Esa fue la fecha fijada por el titular del Juzgado de Instrucción número 7 de Zaragoza, Rafael Lasala, para poder concretar la cuantía de la indemnización de este trágico caso en una de las sentencias más amargas que posiblemente le haya tocado dictar. Y la elección del día no fue ni mucho menos caprichosa. Para establecer esta data y no cualquier otra, el magistrado se apoyó en la experta opinión de los forenses y médicos especialistas que comparecieron en el juicio celebrado en abril de 2015. Porque fueron ellos quienes explicaron que el periodo de "consolidación de las lesiones" sería de 18 meses y que si llegados a esa fecha el paciente no había experimentado algún tipo de evolución, las esperanzas definitivamente se desvanecerían.Pues bien, el plazo expiró ayer y la situación del joven sigue siendo la misma.


El diagnóstico de Samuel C. G. fue de traumatismo craneoencefálico severo con contusión y laceración cerebral y fractura de fémur. Su dependencia es absoluta y precisa de la asistencia continuada de otra persona, a lo que hay que sumar unos daños estéticos muy importantes. Su estado es de coma vigil, definido por los profesionales de la medicina como aquel en el que el paciente tiene periodos en los que sale del sueño y abre los ojos. Aunque, dada la entidad de las lesiones neuronales, en este caso el joven no puede ser consciente de lo que ocurre a su alrededor.


"Tenía toda su juventud y toda su vida por delante, con todas sus expectativas laborales, familiares y existenciales (esposa, hijos, proyectos, recuerdos...) truncados de forma fulminante y definitiva. Lo que sin lugar a dudas conduce a la estimación de toda la cuantía solicitada, el máximo legal", explicaba el juez en un fallo que aunque fue recurrido la Audiencia Provincial de Zaragoza confirmó después en su integridad en lo que al cálculo de la responsabilidad civil se refiere.


La aseguradora del conductor causante del accidente, Línea Directa, llegó a plantear en su recurso la nulidad de las actuaciones alegando vulneración de la tutela judicial efectiva. Lo hizo con el argumento de que el juez había anticipado en su sentencia el daño sufrido por la víctima cuando esta seguía en la uci durante la celebración del juicio y estaba pendiente de conocerse su evolución. Pero la Audiencia Provincial se alineó con el magistrado y se mostró tajante: "Es imposible esperar a que el perjudicado pueda comparecer al acto de la vista oral, ya que ello no va a ocurrir y lo único que se va a conseguir es dilatar de forma prolongada el procedimiento", sentenció.El conductor, absuelto

La Fiscalía calificó en su día los hechos como una falta de lesiones por imprudencia, y por ella fue condenado a una multa de 20 euros José Antonio V. P., de 47 años y conductor del Mini One que arrolló la motocicleta de Samuel C. G. cuando este trabajaba repartiendo pizzas. Sin embargo, este ha sido finalmente absuelto por la Audiencia de Zaragoza, ya que el pasado 1 de julio entró en vigor la reforma del Código Penal que despenaliza todas las faltas. Precisa, eso sí, el tribunal que la sentencia dictada en su día "es correcta" y "está perfectamente motivada en todos sus extremos". Además, el cambio normativo no afecta en nada al pago de la responsabilidad civil en aquellos procedimientos que estuvieran abiertos. De ahí que la indemnización a pagar en este caso no varíe.

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