teruel

Cuatro años de prisión por estafar más de 370.000 euros a 22 vecinos de Samper de Calanda

El acusado, entonces esposo de una agente colaboradora del Santander, extraía el dinero del banco falsificando la firma de los perjudicados

El acusado, en el juicio, que se celebró el pasado mes de octubre en la Audiencia de Teruel.
El acusado, en el juicio, que se celebró el pasado mes de octubre en la Audiencia de Teruel.
Heraldo

La Audiencia de Teruel condena a cuatro años de cárcel y a una multa de 2.100 euros a un vecino de Samper de Calanda, Juan Mariano F. B., al que considera autor de una estafa por valor de 370.415,43 euros cometida contra 22 residentes de la localidad, todos ellos clientes del Banco Santander.

La sentencia estima probado que de septiembre de 2011 a enero de 2016 el acusado se apoderó del dinero valiéndose de un documento del Santander que solo podía utilizar su entonces esposa por ser agente colaboradora de la entidad. Juan Mariano F. B. rellenaba el apartado de ‘reintegro’ y falsificaba la firma de los clientes. Con ello iba a la sucursal que el banco tiene en Híjar y retiraba el dinero sin entregárselo a sus propietarios, que desconocían la operación.

Los jueces afirman que se aprovechó de la confianza que los perjudicados tenían en él, pues disponía de copias de los DNI que entregaba en el banco junto con los documentos falsificados y, en algunos casos, hasta de sus libretas de ahorro. Con este sistema distrajo cantidades de entre 900 y 154.700 euros por persona. Los afectados declararon en el juicio que la titular de la oficina del Santander en Samper era la exesposa del acusado, pero no trataban nunca con ella porque se dedicaba a trabajos de pedicura, manicura y masajes.

La investigación se inició a iniciativa del banco, al extrañarle ciertos cargos. La prueba pericial concluyó que las firmas del apartado ‘reintegro’ no son autógrafas de los supuestos autores, sino falsificadas por el acusado, que tendrá que devolver al Santander los más de 370.000 euros sustraídos. La entidad repuso inmediatamente a sus clientes el dinero.

El Tribunal estima como atenuante el retraso con que se celebró el juicio, que tuvo lugar a finales del pasado mes de octubre. La causa de esta dilación indebida estuvo en la tardanza en disponer de las pruebas periciales caligráficas, cuya elaboración se prolongó desde mayo de 2017 hasta diciembre de 2021, más de cuatro años. En su sentencia, la Audiencia considera que es un periodo excesivo y que tiene su origen en las vicisitudes del personal de la administración, por falta de medios humanos.

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