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La Justicia anula en Teruel una sanción impuesta por el patronato de Las Bodas de Isabel a la gerente

El Juzgado de lo Social falla que la suspensión de un mes de empleo y sueldo aplicada a Raquel Esteban fue improcedente.

Raquel Esteban, durante la fiesta de las Bodas de Isabel de 2019.
Raquel Esteban, durante la fiesta de las Bodas de Isabel de 2019.
Antonio Garcia/Bykofoto

El Juzgado de lo Social de Teruel anula la suspensión de un mes de empleo y sueldo impuesta por el Patronato de la Fundación Bodas de Isabel en octubre de 2021 a su gerente, Raquel Esteban, al entender que cometió una "falta muy grave" al negarse a cumplir una orden. El tribunal, por el contrario, descarta que se registrara ninguna negativa, ni que, como argumentó el Patronato para aplicar la sanción, se produjera una "transgresión de la buena fe contractual" ni un "abuso de confianza", por lo que, según la sentencia, "no se justifica" la penalización, que declara "improcedente".

El patronato de la Fundación aplicó la suspensión de empleo y sueldo de la gerente por entender que se había resistido a aplicar un acuerdo anterior para que eliminara de su nómina un plus salarial de 300 euros mensuales establecido en 2014 a raíz de su coloración en la organización de una fiesta recreacionista en Zaragoza –que se planificó, pero que no llegó a celebrarse– y que devolviera el importe cobrado durante el último año por este concepto.

La jueza de lo Social, Elena Alcalde, recuerda en su prolija sentencia que Raquel Esteban no se opuso a la supresión del polémico plus y que se limitó a recordar ante los requerimientos verbales recibidos que no era su competencia eliminar este concepto de la nómina y que la orden para hacerlo debería llegarle por escrito. Alcalde señala que, una vez cumplimentados estos extremos por el Patronato, Esteban procedió a cumplir lo acordado, a pesar de mostrar su disconformidad. El fallo admite solo en parte los argumentos de la demandante, porque la gerente cuestionaba que su contrato fuera de alta dirección, una condición que la magistrada confirma en su resolución.

El fallo, del 19 de julio, es firme. La alcaldesa y presidenta del Patronato de la Fundación Bodas de Isabel, Emma Buj, afirmó el pasado lunes tras la Junta de Gobierno municipal que su voluntad es "ejecutar" la sentencia y, respecto a otras cuestiones, se remitió a lo que acordara el Patronato, del que forman parte, además del Ayuntamiento, la CEOE, la Caja Rural de Teruel, la Federación de Grupos de las Bodas de Isabel y el Gobierno aragonés.

Según la sentencia, no se puede determinar quién decidió incorporar el plus a la nómina de Raquel Esteban, aunque señala que la competencia para hacerlo no estaba en manos de Esteban, quien, por otro lado, afirma que nunca dio ninguna orden al respecto. La gerente añade que desconocía la existencia de este complemento salarial hasta que lo detectó con motivo del expediente de regulación temporal de empleo aplicado en la primavera de 2021 al personal de la Fundación a raíz de la covid-19. Lo comunicó entonces a los encargados de las nóminas. En la siguiente reunión del Patronato, el 28 de junio de 2021, este organismo acordó suprimir el plus y reclamar a Esteban los ingresos que le hubiera generado de forma "indebida" en el último año. El 1 de septiembre, tras recibir certificación escrita del acuerdo del 28 de junio, Esteban comunicó al servicio de nóminas la eliminación del plus y el reintegro de los ingresos que había comportado en el último año.

La jueza rechaza la acusación de "desacato" al Patronato argumentada también para imponer la suspensión de empleo y sueldo por haber recabado asesoramiento legal. La magistrada recuerda que Esteban puede "como cualquier trabajador" ejercer "sus derechos" y es "razonable" que se asesore con expertos.

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