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Absuelto el guardia civil de Albarracín que se accidentó y dio positivo al test de alcoholemia

La Audiencia revoca el fallo del Juzgado de lo Penal al entender que no queda acreditado que la ingesta de alcohol influyera en su conducción

Teruel
Así quedó el coche que conducía el guardia de Albarracín tras sufrir el accidente, en el que no hubo heridos.
Heraldo

La Audiencia de Teruel ha absuelto al teniente de la Guardia Civil del puesto de Albarracín que a finales del pasado año sufrió un accidente con su coche estando fuera de servicio y arrojó inicialmente una tasa de alcohol superior al límite penal, fijado en 0,6 miligramos por litro de aire espirado. El máximo legal es de 0,25, pero la conducción con más de 0,6 miligramos pasa a ser delito. El tribunal revoca la sentencia condenatoria que emitió en su día el Juzgado de lo Penal y estima los argumentos que el agente expuso en su defensa al recurrir el fallo en apelación.

Si bien la Audiencia considera probado que el guardia civil arrojó en un primer test un resultado de 0,62 milígramos de alcohol por litro de aire espirado y de 0,64 en una segunda prueba, destaca, sin embargo, que el etilómetro utilizado tiene un error máximo permitido del 7,5% que, al aplicarlo, arroja un índice de 0,57 miligramos de alcohol por litro de aire espirado. Este resultado, explica la sentencia, no permite presumir objetivamente que el acusado circulara bajo la influencia del alcohol.

El alto tribunal turolense estima que tampoco son pruebas concluyentes el hecho de que el procesado se saliera de la carretera por llevar una velocidad inadecuada al volante o que los agentes motoristas del Subsector de Tráfico que acudieron al lugar del accidente apreciaran en el acusado olor a alcohol.

"La velocidad excesiva no implica un comportamiento consecuencia de la desinhibición al volante y falta de reflejos característica de la ebriedad", resalta el fallo. La sentencia añade que, si bien los dos agentes motoristas que vieron en primer lugar al accidentado dijeron en el juicio haber apreciado en él olor a alcohol y a tabaco así como haberlo hallado un poco desorientado, también describieron que en todo momento el acusado "estuvo educado y en pie". La Audiencia destaca que ninguno de los dos motoristas, "hicieron ninguna manifestación respecto a otros síntomas de los que normalmente y en unión con el olor a alcohol se desprende y muestran un estado no apropiado para la conducción".

La Audiencia de Teruel absuelve al teniente de la Guardia Civil del puesto de Albarracín del delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas por el que había sido acusado por parte del Ministerio Fiscal. El tribunal advierte de que contra esta sentencia solo cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

El pasado 29 de noviembre, el Jugado de lo Penal consideró al teniente de la Guardia Civil de Albarracín autor de un delito contra la seguridad del tráfico en su modalidad de conducción de vehículo de motor bajo la influencia de bebidas alcohólicas. Por ello, le condenó al pago de una multa de 2.160 euros y a la pena de privación del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores por tiempo de un año y un día, así como al pago de las costas procesales causadas. También le impuso indemnizar al Gobierno aragonés en la suma de 1.295,48 euros por los daños causados en la carretera. Durante la vista oral, el procesado alegó que el accidente se produjo al cruzarse un ciervo en su camino.

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