El fiscal rebaja a la mitad la petición de cárcel para dos exdirectivos del Consejo del Jamón

Mantiene la solicitud de tres años de prisión para el exgerente y exige que los tres acusados paguen a la entidad 150.000 euros.

Visto para sentencia. Ayer quedó visto para sentencia el juicio iniciado el pasado martes para dilucidar si tres exdirectivos del Consejo del Jamón se lucraron ilegalmente durante su gestión. En la foto, la expresidenta, seguida del exvicepresidente y del que fuera gerente del CRDO, entrando a la sala en el primer día de la vista oral.
El fiscal rebaja a la mitad la petición de cárcel para dos exdirectivos del Consejo del Jamón
Jorge Escudero

La Fiscalía modificó ayer a la baja la petición de prisión para dos de los tres exdirectivos del Consejo Regulador de la Denominación de Origen (CRDO) Jamón de Teruel que esta semana se han sentado en el banquillo de la Audiencia Provincial acusados de haberse apropiado de fondos de esta institución en la etapa 2009-2013, así como de no haber ejercido un correcto control sobre los gastos de la entidad, que se nutre de subvenciones públicas y cuotas de los jamoneros.

El ministerio público pedía tres años de prisión para la presidenta y el vicepresidente del Consejo en aquellos años, Pilar Martín y Clemente Garcés, que ahora se quedan en 18 meses. Rebaja también de 6.000 a 4.800 € la multa que, a su juicio, deberían pagar. Mantiene, no obstante, su propuesta de tres años de prisión para el tercer encausado, el entonces gerente del CRDO, Fernando Guillén, a quien tampoco le reduce la multa de 6.000 euros. Por último, el fiscal recorta a la mitad –150.000 euros– la indemnización que, de forma solidaria, pide que abonen al Consejo los tres investigados por el déficit que, presuntamente, habrían ocasionado con su gestión.

Según el fiscal, durante el juicio, que ayer quedó visto para sentencia después de tres sesiones, ha quedado claro que la devolución de una subvención de 146.000 euros de la filial Promorigen con cargo al CRDO fue correcta y que la decisión de hacerlo había sido tomada ya por el Consejo anterior al que presidieron Martín y Garcés.

El perito que a instancias del juzgado instructor elaboró el informe que ha sustentado el proceso insistió en que, en el seno de la institución hubo opacidad del gasto y déficit de control interno. A modo de ejemplo, recordó el hecho de que el uso de las tarjetas bancarias del exgerente no estuviera soportado por documentos con el cuándo, cuánto y por qué se producían las extracciones y pagos. Si bien afirmó que el sueldo de Guillén era "razonable", dijo no haber encontrado la autorización para la subida de 70.000 a 76.000 euros, como tampoco halló "el retorno" de dos anticipos de su nómina ni un listado con los nombres de los chóferes y la cantidad de gasoil que repostaban de un tanque del CRDO.

Los peritos de las defensas de Martín y Garcés argumentaron que, aunque hubo gastos mal controlados administrativamente, esos costes respondían a hechos reales propios de la actividad del Consejo y admitieron que es complicado y hasta absurdo elaborar un parte de cada gasto. Añadieron no haber detectado ningún desvío de dinero hacia la expresidenta y el vicepresidente del CRDO.

El abogado de Pilar Martín, Eladio Mateo, pidió la absolución para su defendida. Señaló que pudo haber un "desorden de papeles", pero nunca una intención de dañar al CRDO, como tampoco era función de Martín supervisar la labor del gerente, máxime cuando nadie le alertó de problemas porque los gastos siempre estuvieron "dentro de lo normal".

El defensor de Clemente Garcés, Jesús García Huici, también solicitó la libre absolución de su cliente al entender que este no conocía la actuación de Guillén ni era función suya saberlo. En su opinión, no hay prueba de cargo que para culpar a Garcés.

El letrado que defendió a Fernando Guillén, Javier Osés, pidió la nulidad de la prueba pericial encargada por el Juzgado al entender que se elaboró con documentos aportados por el propio Guillén sin ser avisado de que estaba denunciado y que podrían haberle incriminado. Afirmó que hubo defectos en la cadena de custodia de esa documentación y que, por tanto, la prueba carece de "eficacia probatoria" y debería "hacer caer todo el proceso". Agregó que su cliente gestionaba al año 150 eventos que requerían gastos y que este devolvió los anticipos de nómina a cuenta de la indemnización por su despido.

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión