Teruel

El juez no aprecia indicios de delito penal en el escrache a Lanzuela y archiva el caso

En un auto hecho público este martes, el magistrado sobresee el caso y decreta su archivo. Lanzuela había presentado sendas denuncias por un delito de coacciones y otro de injurias.

Imagen del escrache a Santiago Lanzuela en Cella
El juez abre diligencias por el escrache ante la casa del diputado nacional Lanzuela en Cella
A. G.

El juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Teruel ha sobreseido el caso del escrache que sufrió Santiago Lanzuela el pasado 14 de abril en la casa que posee en la localidad de Cella (Teruel). El diputado del PP había presentado una denuncia por supuestas coacciones e injurias de los miembros de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) de Teruel.


El magistrado Cañadas Santamaría considera, en un auto hecho público este martes, que durante el desarrollo del escrache los intervinientes no realizaron "descalificaciones o acusaciones personales" ni se produjeron "agresiones verbales o físicas a la fuerza de seguridad actuante", según se deriva de los informes de la Policía Nacional y de la Guardia Civil.


De acuerdo con estos informes, el juez descarta que se produjera cualquier tipo de "violencia" en la conducta de los

intervinientes, un elemento que considera "nuclear" para que se de el delito de coacciones (artículo 172 del Código Penal).


El diputado Santiago Lanzuela consideraba, además, que había sido víctima de un delito de injurias por la aparición, "en varios medios de comunicación", de críticas a las dietas que recibe "por desplazamientos desde su residencia en Cella (Teruel) a su lugar de trabajo en Madrid".


El juez no aprecia en dichas críticas "elementos típicos de la conducta injuriosa" (artículo 208 del Código Penal) porque, en primer lugar, las declaraciones "no se centran en la persona del denunciado, sino en su condición de político", según Cañadas Santamaría, y porque "tales críticas no podrían ser tenidas en el concepto público por graves".


Así, el auto del juez ha sobreseido el caso por no apreciar en los hechos indicios de infracción penal y ha decretado el archivo de las actuaciones.