TERUEL

Doce años y medio de prisión para el hombre que mató a su vecino anciano en Escorihuela

La Audiencia condena también a Domingo Tregón a indemnizar a la familia del fallecido con 165.000 euros.

El procesado, Domingo Tregón, abandona la Audiencia tras el juicio el pasado 26 de mayo.
Doce años y medio de prisión para el hombre que mató a su vecino anciano en Escorihuela
ANTONIO GARCíA

La Audiencia Provincial de Teruel ha condenado a doce años y medio de prisión a Domingo Tregón, el vecino de Escorihuela que el 9 de junio de 2008, cuando contaba 49 años de edad, acuhilló mortalmente a Pascual Marqués, de 79 años, con quien mantenía algunas diferencias por la propiedad de un paso próximo a las viviendas de ambos.

Los hechos ocurrieron sobre las seis de la tarde en un camino rural a medio kilómetro del pueblo. El anciano conversaba con una vecina que cuidaba de su ganado, Lilia Torán, cuando Tregón bajó de su tractor y le asestó una profunda cuchillada en el abdomen que acabaría costándole la vida tres días más tarde. La mujer evitó una segunda herida golpeando en la mano con un garrote al agresor, que soltó el cuchillo, y lanzando el arma a 13 metros de distancia en medio de un campo de centeno.

El Tribunal le aplica once años y medio por el homicidio del anciano y un año más por las graves amenazas que profirió contra Lilia Torán. A esta le dijo que la iba a matar con un cuchillo más grande que el que había empleado con Marqués.

Además, la Audiencia de Teruel obliga a Tregón a indemnizar a la familia del fallecido -su viuda y sus cinco hijos, cuyas edades oscilan entre los 59 y los 39 años de edad- con 165.000 euros y a Lilia Torán con otros 9.000. Por último, los magistrados prohíben al procesado que, una vez salga de la cárcel, se acerque a menos de 1.000 metros de la familia de Pascual durante 15 años e, igualmente, no podrá vivir en el pueblo durante tres años, ni comunicarse con Lilia, ni aproximarse a ella en el mismo periodo de tiempo.

Recursos

El abogado de la familia de la víctima, Carlos Muñoz, quien sostuvo en el juicio -celebrado el pasado 26 de mayo- que la muerte de Pascual Marqués fue un asesinato, indicó ayer que, no obstante, a la vista de todo el proceso, comparte con la Audiencia la idea de un homicidio. Difiere, sin embargo, respecto a la eximente incompleta de embriaguez que aprecia el tribunal y por la que ha sido reducida la pena final. Por ello, esta parte no descarta recurrir en casación ante el Tribunal Supremo la sentencia turolense.

También estudiará un posible recurso ante instancias superiores el abogado de la defensa, Alfonso Martín, quien estima que la embriaguez que padecía su representado el día de los hechos debería restarle aún más años de cárcel. La defensa pedía cinco años y tres meses de prisión por el delito de homicidio y el de amenazas.

Aunque el día del juicio Domingo Tregón declaró no recordar nada de lo ocurrido aquel 9 de junio, a excepción de haber bebido considerables cantidades de coñac, anís y vino, la Audiencia considera probado que fue él quien mató a Pascual Marqués y amenazó de muerte a Lilia Torán.

Los jueces llegan a esa conclusión tras la declaración como testigo de Lilia Torán, quien presenció los hechos y ofreció en la vista un relato "serio, firme y constante". La Audiencia valora también la existencia de restos biológicos de la víctima en el arma hallada en el lugar del suceso así como que las lesiones que presentaba el anciano eran susceptibles de haberse causado con un cuchillo de esas características. La hoja del arma medía casi 25 centímetros de largo por tres y medio de ancho.

Por otro lado, como se puso de manifiesto en el juicio a través de testigos, Domingo Tregón confesó aquella tarde a su compañera sentimental lo que había hecho mientras que al agente de la Guardia Civil que acudió a detenerlo le dijo "que había conseguido lo que quería".

La Audiencia estima que concurre una agravante de superioridad, pues las posibilidades de defensa del anciano ante el ataque de Tregón eran muy escasas. Aprecia también la atenuante de embriaguez entendiendo que la ingesta de alcohol desinhibió la conducta del agresor y le causó un déficit en el control de sus impulsos.