Absuelto un distribuidor de helados acusado de quedarse con las bonificaciones de pequeños comercios

El Tribunal Supremo revoca la sentencia de la Audiencia de Teruel que condenaba al gerente de Frigoríficos La Perla a 20 meses de cárcel por falsedad documental y apropiación indebida.

Parte de los Juzgados de Teruel se encuentran en el edificio conocido como la Casa Blanca, en la foto.
Absuelto un distribuidor de helados acusado de quedarse con las bonificaciones que correspondían a los pequeños comercios
Antonio García/Bykofoto

El Tribunal Supremo (TS) ha absuelto a un distribuidor de helados de Teruel, Ramón Martín, gerente de Frigoríficos La Perla, de los delitos de falsedad documental y apropiación indebida que se le imputaban y por los cuales fue juzgado y condenado por la Audiencia Provincial de Teruel, a mediados de 2017, a 20 meses de prisión.

Martín fue acusado de haberse quedado, entre 2005 y 2008, con parte de las bonificaciones que su proveedor, Helados y Postres S. A., del grupo Nestlé, destinaba a los vendedores minoristas en función del volumen de ventas. Según reconoció el procesado, este estampaba su firma al dorso de los cheques nominativos emitidos por Helados y Postres S. A. y así podía ingresar el dinero en su propia cuenta, si bien subrayó que contaba para ello con la aprobación de sus clientes minoristas.

Según explica la abogada Lucía Solanas, que junto con el letrado Joaquín Rodríguez ha defendido los intereses de Ramón Martín en este proceso judicial, el TS ha estimado el recurso de casación interpuesto por el acusado contra la sentencia de la Audiencia de Teruel, de tal forma que valora que Frigoríficos La Perla satisfizo a sus clientes en concepto de 'rappels' o bonificaciones la cantidad de 689.475,08 euros, superior a los 675.088,91 euros recibidos a esos efectos de Helados y Postres. El Supremo, por  tanto, estima como razonable la existencia de un acuerdo entre Frigoríficos La Perla y sus clientes minoristas en cuanto al pago de incentivos, indica Solanas.

El Tribunal Supremo también recoge en su sentencia la alegación de Frigoríficos La Perla en el sentido de que, además del pago de los 689.475,08 euros a sus clientes minoristas, devolvía a Helados y Postres el 25% del importe de los cheques que la misma había emitido para el pago de 'rappels'.

“La sentencia del Tribunal Supremo reconoce que la relación comercial se establecía entre el minorista y Frigoríficos La Perla, y no con el fabricante”, subraya Solanas, quien reitera que su representado compensaba a sus clientes, ya fuera con dinero u obsequios, de forma equivalente a lo que hubieran percibido de Helados y Postres S. A. Añade la abogada que en ocho años nadie denunció que Martín se hubiera apropiado de los incentivos, lo que, a su juicio, constituye una prueba más de que este intermediario contaba con el beneplácito de los minoristas para gestionar los 'rappels'. Por otro lado, cuatro testigos declararon en el juicio ante la Audiencia de Teruel haber dado permiso a Martín para cobrar los cheques nominativos.

Agrega la abogada que cuando el acuerdo entre Helados y Postres y Frigoríficos La Perla fue denunciado, “los clientes prefirieron quedarse con La Perla”.

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