Multa de 100 euros por deteriorar o tapar la placa con el número de la finca

La nueva ordenanza que regula la nomenclatura de las calles prevé sanciones por dañar los rótulos y contempla la ley de Memoria Histórica.

Rótulo indicador de una calle en Teruel.
Rótulo indicador de una calle en Teruel.
Heraldo.es

Los propietarios de viviendas que no mantengan en buen estado de conservación y visibilidad las placas con los números asignados a sus fincas o que alteren u oculten la rotulación de las calles serán sancionados con multas de entre 60 y 100 euros. Es una de las principales novedades de la Ordenanza Reguladora de la Denominación y Rotulación de Vías Públicas que acaba de aprobar el Ayuntamiento de Teruel para sustituir a la anterior, de 2010 y que había quedado desfasada.

La nueva normativa incorpora un régimen sancionador que advierte de que los propietarios «no podrán oponerse» a la colocación de las placas que identifican calles y plazas. Si al hacer obras en una finca se alteran rótulos y placas numéricas, el dueño de la casa deberá reponerlas «a su costa».

La ordenanza incorpora también la adaptación a la ley de Memoria Histórica y abre las puertas a la modificación de nombres preexistentes en aplicación de esta norma. Señala, no obstante, que rebautizar las vías públicas será una medida excepcional para no perjudicar a los vecinos, pero se procederá a renombrar calles y plazas cuando el cambio esté «debidamente justificado».

Concreta que «se respetará lo dispuesto» en la ley de Memoria Histórica por la que «se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la dictadura». Más adelante, señala que al rebautizar calles por ostentar nombres que «atenten contra la Constitución y otras normas» la competencia recaerá en el pleno, frente al trámite habitual, que se resolverá en la Junta de Gobierno.

La imposición de nombres de personas se reserva a «fallecidos», aunque «excepcionalmente» podrán ser mujeres u hombres vivos. El criterio de elección debe basarse en la «historicidad» debidamente «justificada y motivada». Tendrán prioridad los hijos ilustres o personalidades significadas de Teruel, seguidos de los aragoneses, españoles, hispanos y del resto del mundo.

Los nombres elegidos no podrán ser malsonantes, erróneos, provocar «hilaridad» o ser discriminatorios. Define con precisión los rótulos, que serán de cerámica típica de Teruel y rectangulares de 55 por 33 centímetros.

A la hora de asignar los números a las fincas, el orden arrancará del extremo de la calle más próximo a la plaza del Torico, que se consolida como centro simbólico de la ciudad. Eventualmente, se podrá tomar como referencia de inicio de la numeración el entronque con una vía principal.

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