Archivada la investigación que arrancó en Teruel por venta ilegal de medicamentos

El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha archivado la causa por falta de pruebas.

El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha archivado por falta de pruebas la causa abierta a varias farmacias españolas por una supuesta trama de venta ilegal de medicamentos en el extranjero a precios superiores a los que fueron adquiridos.

El caso, que cuenta con 86 investigados, fue destapado por la Guardia Civil en la llamada operación Convector que correspondió en un principio a un juzgado de instrucción de Teruel, pero al implicar a otras comunidades autónomas como Aragón, Navarra, Andalucía, Valencia o Castilla-La Mancha, la causa se derivó a la Audiencia Nacional en febrero de 2015.

Las investigaciones policiales se centraron en la comisión de posibles delitos contra la salud pública, de estafa, falsedad documental en recetas médicas oficiales y blanqueo, girando todo ello alrededor de la gestión de una oficina de farmacia de una pequeña localidad de Teruel.

Posteriormente, según el auto de Andreu, aparecieron "importantes indicios" de lo que se ha denominado distribución inversa, "realizada en forma masiva desde múltiples lugares del país a través de oficinas de farmacia de muchas provincias".

Este proceder, según los informes policiales, pudo provocar un desabastecimiento de fármacos en el mercado con el posible perjuicio a consumidores y pacientes, y, según la Agencia Española del Medicamento, este sistema de relaciones comerciales irregulares quedó acreditado a través de correos electrónicos.

Sin embargo, Andreu, a petición de la Fiscalía, ha acordado archivar las actuaciones ante la falta de pruebas que acrediten la comisión de los citados delitos.

El juez recuerda que en el caso del delito de la salud pública "debe tratarse de medicamentos deteriorados o caducados o que incumplan las exigencias técnicas relativas a su composición" y si bien es cierto que en uno de los registros aparecieron medicamentos caducados, no se castiga su posesión y en este caso no puede acreditarse su difusión.

En cuanto al delito de falsedad documental, el juez indica que no se ha podido acreditar la existencia de recetas oficiales falsificadas "ni siquiera la de recetas simuladas para justificar la venta de los medicamentos destinados a la exportación ilícita".

Respecto al delito de estafa, Andreu esgrime que pese "a quedar perfectamente descritas las conductas relativas a la llamada distribución inversa no se ha podido cuantificar, pese a haberse solicitado en diversas ocasiones como diligencia, el perjuicio causado a la administración sanitaria".

Esto impide, según el juez, que se puedan calificar los hechos como una conducta defraudatoria y tampoco se ha podido acreditar la existencia de delitos fiscales.

Todo ello, añade el auto, imposibilita que pueda hablarse de un delito de blanqueo, ya que para ello debe existir la comisión "de un delito antecedente del que provengan los beneficios económicos que se tratan de ocultar".

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