SECTOR PÚBLICO

Los órganos de contratación deberán enviar una relación de sus contratos a la Cámara de Cuentas

También fiscalizará los procesos de privatización. El reglamento, que está en debate en las Cortes, incluye cuatro puestos de asesores y cinco auditores.

Todos los órganos de contratación aragoneses del sector público deberán enviar una relación anual de los contratos celebrados en el ejercicio anterior. En concreto, los que tienen que ver con obras, concesión de obra pública, gestión de servicios públicos y colaboración entre el sector público y privado de importe superior a 600.000 euros; de suministros con un presupuesto superior a 450.000 euros; y de servicios y contratos administrativos especiales de cuantía superior a 150.000. También deberán remitir un extracto del expediente de contratación. Se excluyen, según consta en el reglamento, los contratos menores, en los que se detectan habitualmente posibles irregularidades. No obstante, la Cámara puede solicitarlos, aunque no haya obligación de informar periódicamente.

Esta es una de las cuestiones que regula el reglamento de funcionamiento de la Cámara de Cuentas, que está en poder de las Cortes desde la semana pasada y que deberá aún modificarse en algunos aspectos. Al igual que el presupuesto planteado, que desde el Parlamento tildan de "excesivo" y que asciende a 5,2 millones de euros (las Cortes disponen para 2010 de 23,8 millones).

Esta semana, las Cortes propondrán una alternativa a los dos documentos. En cualquier caso, la propuesta de reglamento también fija la creación de un censo de contratos y de entes que se nieguen a darlos. El órgano también auditará los procesos de privatización. Tanto para comprobar todos estos acuerdos, así como para fiscalizar la cuenta general de la Comunidad aragonesa (obligatoria anualmente) y de las entidades públicas de Aragón, la Cámara de Cuentas ha previsto una plantilla de 61 personas entre funcionarios, interinos, personal laboral y eventual. Se ha previsto la contratación de un máximo de cuatro asesores.

Según el reglamento, el gabinete del presidente lo integrarán dos personas designados libremente por el presidente. Además, cada consejero (son dos) podrá elegir a una persona "para su asitencia directa". Las dietas e indemnizaciones se asimilarán a los miembros de la Mesa de las Cortes y al personal del Parlamento.

El resto del personal se podrá seleccionar mediante convocatoria pública de oposición, concurso-oposición y concurso. Los auditores, previstos hasta un máximo de cinco, también serán designados a dedo por el Consejo de la Cámara de Cuentas. Para ser uno de ellos, se requiere ser licenciado o graduado universitario y haber desempeñado actividades profesionales, preferentemente como funcionario, relacionadas con las tareas de fiscalización de la Cámara, durante al menos diez años.