OCIO

Las discotecas deberán cerrar dos horas entre la sesión 'light' para menores y la de adultos

El borrador de la orden que regula los locales de entretenimiento para jóvenes de 14 a 18 años salió ayer a información pública. Podrán abrir viernes, sábados, domingos y festivos hasta las 22.00.

Las llamadas discotecas de juventud de Aragón, es decir, las que ofrecen sesiones sin alcohol ni tabaco para los jóvenes de 14 a 18 años, deberán esperar como mínimo dos horas antes de volver a abrir para iniciar otra actividad.


Así lo indica el proyecto de la orden que regula este tipo de locales, que salió publicado ayer en el Boletín Oficial de Aragón (BOA). Ahora, se abre el periodo de alegaciones al borrador, que será de un mes, antes de la entrada en vigor de la normativa.


El texto desarrolla lo establecido en la ley aprobada en 2005 de Espectáculos Públicos Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de la Comunidad Autónoma y deroga una orden de 1995 por la que se regulaban estos establecimientos.


Consta de seis capítulos en los que se define qué se entiende por discoteca de juventud, se establece lo necesario para su autorización, la vigencia de la misma, se determinan las condiciones de su funcionamiento, se regula el derecho de admisión y la seguridad de estos establecimientos.


Según dice el artículo 4, "las discotecas de juventud se destinarán a sesiones de baile para jóvenes que cumplan los 14 años durante el año en curso y con menos de 18 años". Dicha sesión deberá concluir a las 22.00 y queda prohibida la venta y el consumo de toda clase de bebidas alcohólicas y de tabaco. Podrán funcionar viernes, sábados, domingos, festivos y vísperas de festivos.


Una de las novedades, que consta en esta misma cláusula sobre condiciones de funcionamiento, es que "si posteriormente el establecimiento fuese a destinarse a otra actividad, entre la finalización de la sesión juvenil y el inicio de la siguiente actividad deberán transcurrir como mínimo dos horas".


Los titulares de discotecas que dispongan de licencia municipal de funcionamiento podrán solicitar autorización especial para operar como discotecas de juventud ante el Ayuntamiento de la localidad correspondiente.


Además, deberán acompañar su solicitud de los planos del establecimiento, de un seguro de responsabilidad civil por daños al público asistente y a terceros, y de un certificado expedido por un arquitecto o ingeniero, visado por el correspondiente Colegio Oficial, en el que se acredite la seguridad, solidez de las estructuras, protección de incendios y el plan de emergencias entre otros requisitos. El plazo de vigencia máximo de la autorización será de tres años.


Ocio y prácticas saludables


Según el Gobierno de Aragón, la orden pretende "regular un sector especialmente al alza en la actualidad". Su destinatario es "un colectivo, la adolescencia y juventud, que requiere de una adecuada protección", indicaron en una nota de prensa.


La finalidad es hacer compatible el derecho al ocio de los menores con medidas que les protejan de prácticas poco saludables, así como velar por el adecuado disfrute de su tiempo libre.


La orden hace especial hincapié en la prohibición de la venta y consumo de alcohol y tabaco, que deberá quedar reflejada en carteles en la puerta y en el interior de la sala. Asimismo, se prohíbe todo tipo de publicidad de tabaco o bebidas alcohólicas y se deberán extremar las condiciones de seguridad, higiene, luminosidad y acústica.


Sin embargo, sigue habiendo establecimientos que suministran alcohol y tabaco a menores de edad. Así, y aunque dentro de estas discotecas de juventud no se permita su venta ni consumo, los jóvenes pueden adquirirlo y consumirlo en la calle.


En este sentido, la orden prohíbe la entrada de personas que presenten signos de embriaguez, que estén bajo los efectos de estupefacientes, porten armas o manifiesten comportamientos violentos entre otros aspectos, y se expulsará a quien sea sorprendido consumiendo alcohol o tabaco en el interior del local.


Para garantizar la seguridad de los usuarios, el personal encargado de la sala deberá velar por el desarrollo normal de la actividad y podrán pedir a quienes lo alteren que abandonen el establecimiento. La orden contempla la posibilidad de requerir la presencia de las fuerzas y cuerpos de seguridad en los casos en los que sea necesario.