DEBERÁN INDEMNIZAR A LAS FAMILIAS

La justicia rechaza los recursos de las empresas condenadas por el accidente del Yak-42

La Audiencia de Zaragoza confirma la sentencia del juzgado de instrucción número 2, que achacó el siniestro a los graves errores de pilotaje cometidos por la tripulación del avión, que se estrelló en Turquía el 26 de mayo del año 2003, y estableció la responsabilidad de las compañías que se encargaron de organizar el vuelo

La Audiencia de Zaragoza ha rechazado los recursos de apelación presentados por las empresas Chapman Freebon, Ukraniam Mediterranean Airlines y Busin Seguros contra la sentencia que les condenó, en marzo pasado, a indemnizar con más de 6 millones de euros a las familias de los 62 militares muertos en el accidente del Yak-42.


En una resolución hecha pública, la Sección Cuarta confirma la sentencia del juzgado de instrucción número 2 de Zaragoza, que achacó el siniestro a los graves errores de pilotaje cometidos por la tripulación del avión, que se estrelló en Turquía el 26 de mayo del año 2003, y estableció la responsabilidad de las compañías que se encargaron de organizar el vuelo, Chapman y Ukraniam.


Estima, además, parcialmente el recurso interpuesto por la familia de uno de los militares fallecidos y eleva la indemnización establecida en primera instancia hasta los 70.000 euros, en el caso de la esposa de la víctima, y a 36.000 en cuanto a los hijos.


La sentencia fue recurrida por las empresas aduciendo falta de jurisdicción del tribunal, acumulación de procesos, ausencia de competencia efectiva y de billetaje, naturaleza militar del vuelo y la incompatibilidad de las indemnizaciones, entre otras cuestiones.


En su resolución, de más de cien páginas, la Audiencia de Zaragoza argumenta que el vuelo contratado no era de naturaleza militar y que la ausencia de billetaje "no fundaría una responsabilidad limitada del transportista".


Incide el tribunal en los "graves errores" cometidos por la tripulación del avión, "que se manifestaron ya con ocasión del desarrollo de la primera maniobra desistida y que culminaría cuando al abortar esta maniobra terminarían confundiendo el rumbo".


Los magistrados, a tenor de los hechos probados, aseguran que el Yak llegó a volar por un valle "a una altitud más baja que las montañas" y destacan que el viraje final fue realizado por los pilotos "sin ser conscientes del peligro geográfico al que estaban expuestos".


Asimismo rechaza las pretensiones de los recurrentes de considerar las indemnizaciones como una forma de enriquecimiento ilícito de las familias de los fallecidos.


Al respecto, argumenta que "una cosa es que no exista otra forma de resarcir el daño moral que la indemnización económica, y que en la misma deba encontrarse una proporcionalidad y ponderación, y otra afirmar que con la misma, que compensa la pérdida de un padre, cónyuge o hijo, se pudiera terminar generando un enriquecimiento injusto".


El tribunal informa que contra su resolución cabe la posibilidad de interponer recursos de casación y extraordinario por infracción procesal ante la Sala Primera del Tribunal Supremo.


Chapman Freeborn y la compañía aérea Ukrainian Mediterranean Airlines (UM Air) fueron condenadas, el pasado 12 de marzo, por el Juzgado de Instrucción número 2 de Zaragoza a indemnizar con 6.125.000 euros a las familias de las víctimas.


En la sentencia, el juzgado sostuvo que el siniestro fue causa de un fallo humano, fruto de una maniobra temeraria, y que el vuelo tenía carácter civil y no militar.


Esta era la segunda sentencia condenatoria para las empresas ya que el primer juicio, que se celebró en enero de 2006, fue anulado por la Audiencia Provincial de Zaragoza por un defecto de forma en la convocatoria de los representantes de Chapman Freeborn, que no asistieron a la primera vista ni tampoco a la segunda.