Provincia de Huesca

El sector del metal firma su convenio colectivo

Afecta a alrededor de 940 empresas y 5.680 trabajadores y tendrá una vigencia de tres años, desde el 1 de enero de 2011 a 31 de diciembre de 2013.

El sector del metal de la provincia de Huesca ha firmado este jueves su convenio colectivo, que afecta a alrededor de 940 empresas y 5.680 trabajadores, con una vigencia de tres años, desde el 1 de enero de 2011 a 31 de diciembre de 2013.


En el apartado de incrementos salariales se ha contemplado para 2011 una actualización del 1,5 por ciento de las tablas salariales de 2010, sólo a efectos de servir de base de cálculo para el las tablas de 2012, año para el que se ha acordado un incremento del 0,5 por ciento. Para 2013 la subida se ha fijado en el 0,6 por ciento.


En todo caso, para los años 2012 y 2013 se ha establecido una cláusula de actualización aplicable al final de cada ejercicio. De tal forma que si el IPC anual del mes de diciembre de cada año fuera superior al objetivo de inflación del Banco Central Europeo, dicho incremento se abonará con efectos de 1 de enero de cada año. Para 2012 el objetivo de inflación es del 2 por ciento.


Otra de las medidas acordadas por empresarios y sindicatos ha sido la relativa a la jornada laboral que se ha establecido para la vigencia del convenio en 1.760 horas anuales. En este sentido, y con relación a la jornada laboral se podrá establecer una distribución irregular de la jornada en aquellas situaciones que así lo requieran por causas de producción u organizativas de la empresa.


Por otra parte, se ha acordado incluir una cláusula de inaplicabilidad del convenio, dimanante de la Reforma Laboral por la que se establece que cuando concurran causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, y por acuerdo entre empresa y los representantes de los trabajadores, se podrá proceder a inaplicar en la empresa las condiciones previstas en el convenio que afecten a jornada, horario y distribución del tiempo de trabajo, régimen de trabajo y sistema de remuneración.


Ambas circunstancias, la jornada irregular y la cláusula de inaplicabilidad, se entiende que ayudarán a mantener el empleo existente o contribuirá al crecimiento del mismo.


II Acuerdo para el empleo


Por otro lado, ambas partes se han comprometido a tener en consideración el contenido del II Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva 2012, 2013 y 2014, en aras a que todos los incrementos salariales pactados para 2014 se incrementen en el 50 por ciento del resultado de aplicar la cláusula de actualización acordada para 2012 y 2013, teniendo el mismo tratamiento de actualización la garantía mínima de 50 euros establecida para el año 2013, si procediera.


En caso de no haberse pactado componente adicional de salario variable se aplicaría la cláusula en el cien por cien de su resultado, teniendo igualmente el mismo tratamiento de actualización la garantía mínima de 50 euros establecida para 2013.


El convenio ha sido suscrito en la sede de la Federación del Metal por representantes de las organizaciones UGT y Comisiones Obreras (CC.OO.) en la parte sindical y por la Federación de Empresarios del Metal de Huesca (FEMHU), en la parte empresarial.