HUESCA

El Supremo ratifica la sentencia contra Inquinosa por daños al medio ambiente

La empresa química deberá pagar al Gobierno de Aragón 6,5 millones de euros por verter incontroladamente residuos de lindano entre los años 1975 y 1989 en Sabiñánigo

Una balsa en construcción del vertedero de Sardas, donde se sigue invirtiendo para descontaminar.
El Supremo ratifica la sentencia contra Inquinosa por daños al medio ambiente
HEraldo

HUESCA. El Gobierno de Aragón ha ganado otra batalla en los tribunales a Industrias Químicas del Noroeste (Inquinosa), que durante casi 15 años estuvo generando residuos derivados de la producción del pesticida lindano en su fábrica de Sabiñánigo. El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia dictada por la Audiencia de Huesca el 25 de octubre de 2004 que condenó a la compañía y a su director general, Jesús Herboso, a pagar a la DGA una indemnización por daños y perjuicios al medio ambiente de 6,5 millones de euros. El alto tribunal rechaza el recurso de los demandados, poniendo fin así a un litigio que ha durado 13 años, ya que solo cabe recurrir ante el Constitucional.

Fue en 1996 cuando la letrada del Gobierno aragonés Mercedes Tesa planteó una demanda de responsabilidad civil contra Inquinosa. Se ganó en primera instancia y el fallo fue confirmado por la Audiencia, aunque Inquinosa y Herboso recurrieron en casación.

En el recurso, los demandados alegaron la prescripción de los hechos, un argumento que rechaza el Supremo al entender que el vertido de residuos son daños continuados. El fallo no entra en el fondo del asunto, pero sí determina que "los graves daños causados y probados en el medio ambiente" ya fueron tratados con detalle en la sentencia de 2004 donde se hacía mención expresa a la prescripción, considerándolos "continuados o de producción sucesiva e ininterrumpida".

La indemnización se divide en varias partes, algunas de las cuales debe pagar Inquinosa y otras de forma solidaria con Jesús Herboso. 4,6 millones de euros corresponden a la cantidad en la que fueron calculados los costes de impermeabilización y sellado de los vertederos de Sardas y de Bailín, donde se echaron de forma continuada los residuos. El resto es por un vertido puntual desde la balsa de lixiviados (presentación líquida del residuo) de Bailín a un barranco de río Gállego.

Las sucesivas sentencias han demostrado aspectos claves, como que Inquinosa produjo vertidos altamente contaminados que no son biodegradables, que nunca tuvo autorización administrativa y que nunca los eliminó, de forma que su permanencia es un riesgo para el medio ambiente y para la salud de las personas.

Fuentes jurídicas de la Diputación General de Aragón valoraron positivamente el fallo y señalaron que "es muy importante porque establece una responsabilidad civil por una contaminación que empezó a producirse en 1975". En aquella época la legislación medioambiental brillaba por su ausencia. Por eso, la demanda se basó fundamentalmente en la Ley de Residuos Urbanos, ya que la Ley de Residuos Tóxicos y Peligrosos ni siquiera existía. Por otro lado ha demostrado que Inquinosa conocía su peligrosidad. También se ha valorado que no se considere prescrito el daño. "Hablamos de residuos que la empresa dejó abandonados y que siguen ahí y siguen activos", indicaron las mismas fuentes.

De hecho, el departamento de Medio Ambiente está a punto de adjudicar las obras de un nuevo vertedero en Bailín para encapsular en una celda de seguridad los residuos de lindano, un proyecto con un coste de 19 millones de euros. El secretario general técnico de la consejería, Roque Vicente, mostró su "satisfacción" por el fallo y dijo que "vamos a velar por su cumplimiento". Recordó que se ha trabajado "subsidiariamente" para resolver el problema generado por los residuos. "Hoy en día es impensable que pudiera repetirse una situación así".