HUESCA

El crimen de Fago será visto por un tribunal profesional y no por jurado

Santiago Mainar, en prisión desde hace más de un año y medio como único imputado por el asesinato del alcalde de Fago, Miguel Grima, ocurrido el 12 de enero de 2007, será juzgado por un tribunal profesional de la Audiencia Provincial de Huesca y no por un jurado popular, previsiblemente antes de final de año.


Así lo ha decidido el Juzgado de Instrucción nº 2 de Jaca, que ayer comunicó a las partes un auto en el que acepta las solicitudes presentadas por el fiscal y los abogados de la acusación particular (en nombre de la familia de la víctima) y de la acción popular (PP).


El juez admite el argumento del ministerio público y de las acusaciones particulares, y la jurisprudencia del Tribunal Supremo esgrimida por ellos, de que uno de los tres delitos que se imputan a Mainar, tenencia ilícita de armas, no es competencia del jurado y que por lo tanto la causa debe ser vista por jueces profesionales. Las partes tienen tres días para presentar un posible recurso.


Mainar deberá declarar otra vez

Según fuentes judiciales, esta decisión anula los escritos de acusación presentados hasta ahora (el fiscal lo entregó el 1 de julio y la acusación particular lo iba a hacer el lunes), pero no retrasará el proceso. Ahora el juez dictará un auto de procesamiento y volverá a tomar declaración a Mainar. Después, trasladará los 4.000 folios de las actuaciones realizadas hasta ahora a la Audiencia para que prepare el juicio oral. Entonces, las partes tendrán que volver a presentar sus calificaciones.


El auto, ante todo, subraya que los tres delitos imputados a Mainar -asesinato y atentado en concurso ideal y tenencia ilícita de armas en concurso real- se desarrollaron en una secuencia temporal y espacial "continuada" y que dada su "íntima relación", hay que enjuiciarlos conjuntamente "ya que hacerlo por separado es contrario al principio de unidad lógica que debe presidir el proceso".


A continuación, entra a valorar el fondo del asunto, es decir, si el caso debe ser enjuiciado por un jurado o por jueces. Así, señala que el letrado de Mainar invocó una sentencia del Supremo para sostener la competencia del jurado. Según esta, es conveniente que los delitos más graves atraigan los menos graves en algunas modalidades de pluralidad delictiva que presentan analogía o relación con determinadas formas de concursos donde concurren delitos atribuidos al jurado con otros que son competencia de jueces, ya que sino "se privaría al jurado de la posibilidad de ejercer su auténtica y natural función".


No obstante, el juez considera que esta doctrina es "aislada" y que sus argumentos "no han arraigado" en la jurisprudencia del Alto Tribunal. En cambio, afirma que existen otras sentencias con una doctrina ya consolidada. Según estas últimas, cuando concurran delitos de competencia del jurado con otros que no lo son -tenencia ilícita de armas- y no se puedan separar los procesos, serán enjuiciados como normal general por un tribunal profesional.


El auto reconoce que el jurado puede enjuiciar delitos conexos cuando alguno de ellos se haya cometido para perpetrar otros, facilitar su ejecución o procurar su impunidad. Sin embargo, el juez deja claro que en el crimen de Fago no se da esta circunstancia, ya que el delito de tenencia ilícita de armas no se cometió para perpetrar el asesinato y el atentado sino que fue consumado antes.


En este sentido, recuerda que, según la declaración que hizo Mainar ante la Guardia Civil, él ya tenía la escopeta de postas escondida en el monte, por lo que el delito "no fue cometido encaminado y orientado directamente a la comisión del asesinato ni con la finalidad exclusiva de perpetrarlo".


Aunque el fiscal mantuvo en un principio la petición provisional de que el juicio fuera visto por un jurado, en julio presentó una petición para que lo asumiera un tribunal profesional ya que en el último año la doctrina jurisprudencial se había asentado en la posición que ha adoptado finalmente.


"Solo valdrán las pruebas"

Los letrados de la acusación particular y de la acción popular no ocultaron ayer su satisfacción por esta decisión. Enrique Trebolle, letrado que representa a la viuda y a las hermanas de la víctima, resaltó que se trata de una cuestión "de suma trascendencia" ya que un tribunal profesional "respetará todos los derechos y todas las garantías, con lo que ya no valdrán ni series televisivas ni contaminaciones exteriores que no sean las pruebas objetivas".


Y es que aunque Trebolle dejó claro su total respeto al jurado popular, destacó que en un caso de tanta trascendencia pública, "ha habido tal cúmulo de noticias, reflexiones, interpretaciones y comentarios que quienes realmente queremos que se haga justicia, no tendríamos ninguna seguridad de que no se contaminara". "Y, sin embargo, eso sí lo va a hacer un tribunal profesional porque está acostumbrado a todo tipo de juicios y saben que fuera del proceso no existe nada", añadió.


Por su parte, José María Viladés, abogado del PP, también valoró positivamente el auto del Juzgado de Jaca "porque ratifica íntegramente por lo que hemos venido luchando desde hace un año". Para él, el tribunal profesional es el trámite más adecuado "jurídicamente" independientemente de las connotaciones mediáticas del caso. "Aunque es notorio que al salir en prensa y televisión y que al haberse hecho incluso una serie, ha influenciado a muchas personas que se han puesto de un bando y de otro y todo eso podía menoscabar la independencia o la imparcialidad de un jurado", dijo.


Por último, Marcos García Montes, abogado de Mainar, rechazó ayer realizar cualquier valoración sobre esta decisión alegando que su despacho de Madrid no había recibido el auto al ser fiesta local y que por tanto no había podido examinar el texto.