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Rechazan indemnizar a la familia de un hombre de Barbastro que pasó la noche en un hogar del IASS tras un ictus

La DGA desestima la reclamación, presentada porque el centro se cerró con el usuario en la terraza.

Centro de día de Barbastro.
Centro de día de Barbastro.
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Su rutina era llegar al hogar del jubilado a última hora de la tarde y sentarse en una mesa del jardín con la consumición solicitada en la cafetería. A la hora del cierre de las instalaciones salía rodeando el edificio por la propia terraza para alcanzar la verja principal del recinto y marchar hacia su casa. Pero aquella tarde del 10 de marzo de 2021 no sucedió así.

El hombre, socio del centro de día de Barbastro, llegó allí hacia las 19.00 y, en un momento dado, salió la terraza, una zona ajardinada y cerrada en todo su perímetro a la cual solo se accede desde el interior del centro. Allí sufrió un desvanecimiento. Nadie se percató de ello, ni cuando ocurrió ni a la hora del cierre.

Pasó toda la noche a la intemperie hasta que a las 6.40 de la mañana siguiente el personal de limpieza lo encontró refugiado entre las columnas de las puertas. Estaba sentado e inconsciente y había vomitado. Inmediatamente fue trasladado al Hospital de Barbastro, donde quedó ingresado con un diagnóstico de ictus "con mal pronóstico vital". Falleció en el centro hospitalario cuatro días después.

Su hijo y su hermano consideraron que la muerte se debió a un "incorrecto funcionamiento" del servicio público y que "se omitió una conducta objetivamente debida para prever y evitar los posibles daños que pudieran sufrir los usuarios al quedar encerrados". El centro de día al que iba el fallecido depende del Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS). Por ello, presentaron al Gobierno autonómico una reclamación patrimonial y solicitaron una indemnización de más de 51.000 euros.

La reclamación se admitió a trámite en julio del año pasado por orden de la consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, María Victoria Broto. En diciembre, e instructor del caso solicitó al Servicio de Neurología del hospital de Barbastro un informe médico sobre el padecimiento del padre y hermano de los demandantes y en septiembre de 2022 resolvió estimar parcialmente la petición y fijó una indemnización de poco más de 15.000 euros.

La consejera solicitó entonces el dictamen preceptivo del Consejo Consultivo de Aragón, que ha emitido un informe negativo sobre la propuesta del instructor y ha propuesto desestimarla "por no concurrir el necesario nexo causal entre el daño causado y el servicio público asistencial imputable al IASS".

El Consejo, tras revisar todos los informes y testimonios que constan en este expediente, ha concluido que dicha documentación "no acredita que hubiera omisión de la diligencia debida ni desatención de los deberes de cuidado requeridos por el personal auxiliar del hogar de Barbastro, ni un problema organizativo o de personal".

El dictamen del Consejo destaca, según el informe de la directora y los documentos de incidencias, que "el personal del centro cumplió con las tareas encomendadas con el estándar de diligencia y seguridad exigibles". Recalca que su protocolo no regula como labor propia la obligación de controlar y chequear quién entra y sale del centro.

"Autonomía funcional"

Asimismo, resalta que, a diferencia de otros centros del IASS cuyos usuarios son personas mayores con problemas graves de salud, "aquí estamos ante un centro con un horario de apertura y cierre al que acuden mayores con plena autonomía funcional".

Para reforzar este argumento el supremo órgano consultivo del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma acude al propio dictamen médico de parte que reconoce que el fallecido "mantenía la capacidad para sus actividades habituales (las propias de su edad y características y vivía solo, pudiendo considerarse como una persona sin alteraciones funcionales)".

Desde el Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales han reiterado que "el informe preceptivo del procedimiento fue desfavorable a la reclamación patrimonial de la familia".

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