El juez del caso Sijena pregunta al Parlament si Lluis Puig ejerce de diputado

El juicio, previsto para el 5 de octubre, podría volver a retrasarse al alegar el exconseller catalán su condición de aforado para trasladar el proceso a Cataluña.

Lluís Puig, 'exconseller' de Cultura de la Generalitat.
Lluís Puig, 'exconseller' de Cultura de la Generalitat.
AFP Agencia

La celebración el 5 de octubre del juicio contra los exconsejeros de la Generalitat de Cataluña que desobedecieron la orden de entrega de los bienes de Sijena está pendiente de un hilo. Ya fue suspendido en mayo, a menos de 24 horas, porque el prófugo Lluís Puig no había sido citado formalmente, y ahora depende de la respuesta que dé el Parlamento catalán sobre el aforamiento del político huido a Bélgica junto a Carles Puigdemont.

El Juzgado de lo Penal número 1 de Huesca, donde se debe celebrar la vista oral contra Puig y su antecesor en el departamento de Cultura, Santi Vila, ha librado un oficio a la presidencia del Parlament para que "en el plazo más breve posible y en todo caso antes del día 5" informe sobre si Lluís Puig ha accedido al pleno ejercicio de la condición de miembro de la Cámara y la "ostenta y ejerce efectivamente". 

La providencia se dicta después de que el exconseller alegara su condición de aforado para solicitar al juzgado de Huesca que se inhiba a favor del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC). Es diputado del Parlament desde marzo del 2021, pero su abogado hizo la petición hace dos semanas. 

La Fiscalía de Huesca, antes de pronunciarse sobre este asunto, ha solicitado al juez que libre un oficio al Parlament para verificar si ejerce como diputado y así determinar qué órgano es el competente para enjuiciarlo. 

El fiscal jefe, Juan Baratech, recuerda que según el Estatuto de Autonomía de Cataluña, en las causas contra los diputados, es competente el TSJC, pero fuera del territorio catalán la responsabilidad penal es exigible ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. Y la palabra última al respecto la tendría la Sala Segunda.

El fiscal le reclama una multa de 5.940 euros, una indemnización al Gobierno de Aragón por los gastos del traslado de los bienes y, lo que más pesa en su carrera política, la inhabilitación para ejercer cargo público durante dos años.

El abogado Jorge Español, representante de la acusación particular en nombre del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena, cree que es una maniobra dilatoria más para demorar el juicio. En su opinión, por su condición de huido de la justicia española, no puede participar ni votar en el Parlamento catalán, como así ha sentenciado el Tribunal Constitucional. "Hay dos recientes sentencias del Constitucional que anularon la delegación de voto de Lluís Puig, por lo que está claro que este señor no ejerce por voluntad suya dicho mandato parlamentario de forma efectiva al estar huido en Bélgica".

Además, añade, de no resultar competente el Juzgado de Huesca, no lo sería el TSJC sino el Tribunal Supremo, ya que el delito de desobediencia se cometió fuera de Cataluña, en Villanueva de Sijena, "que es el lugar donde se dejó de realizar la acción que le demandaba el Juzgado de Huesca: retornar allí las obras de arte que estaban en el Museo de Lérida".

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión