El Tribunal Supremo cierra la vía judicial contra el embalse de Almudévar

La Sala de lo Contencioso Administrativo ha inadmitido el recurso presentado por Ecologistas en Acción contra la sentencia de la Audiencia Nacional que avaló la legalidad de la obra.

Imágenes del embalse de Almudévar.
La ejecución del embalse de Almudévar ya está muy avanzada.
Javier Navarro

El Tribunal Supremo ha cerrado la vía judicial contra el embalse de Almudévar, certificando la legalidad de la obra, al inadmitir a trámite el recurso presentado por Ecologistas en Acción contra la sentencia dictada por la Audiencia Nacional hace nueve meses. Esta instancia avaló los diversos actos administrativos aprobados por el Ministerio de Agricultura para completar la regulación del río Cinca y los riegos del Alto Aragón: el expediente de información pública, el proyecto de construcción y la declaración de impacto ambiental. 

"Ahora ya se puede acabar la obra sin ningún miedo", ha declarado el presidente de Riegos del Alto Aragón, César Trillo. Y es que el caso se cierra en los tribunales cuando la construcción del embalse encara la recta final. Aunque oficialmente el plazo para acabar concluye en septiembre del 2023, las obras están al 90% de ejecución y se ha culminado el gran reto, que era levantar dos diques de 2,4 y 3,5 kilómetros de largo, que cierran el vaso donde se almacenarán 169 hectómetros cúbicos. "Es una buena noticia para los regantes, porque se resuelve a nuestro favor la última traba judicial", ha añadido Trillo, en referencia a que la decisión del Supremo es definitiva. "Una gran noticia" que llega a pocas semanas de que deje la presidencia después de 27 años.

En una providencia notificada este viernes a las partes, la Sección de Admisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo acuerda no admitir a trámite el recurso "por falta de fundamentación suficiente" y "carencia del interés casacional", y se confirma así el fallo de la Audiencia Nacional. 

En el proceso, frente a Ecologistas en Acción se habían posicionado el abogado del Estado, por parte de la Confederación Hidrográfica del Ebro, el sindicato agrario UAGA, Riegos del Alto Aragón y dos comunidades de futuros regantes (el Sifón de Cardiel y Monegros Sur Sector XIII). Aunque todos coincidían en que había pocas posibilidades de que prosperara el recurso, el pronunciamiento del alto tribunal les permite respirar aliviados, tras un proceso que ha durado cinco años. Si la sentencia del Supremo que tumbó el proyecto de Biscarrués supuso un varapalo, en esta ocasión, los tribunales han dado la razón a los regantes. 

El abogado de UAGA, Pablo Martínez, también ha mostrado su satisfacción por la decisión del Supremo, "que certifica la legalidad del embalse". "Es necesario dar seguridad jurídica a los regantes", ha añadido, recordando además que esta organización agraria fue la primera en personarse en la causa en apoyo de la Confederación Hidrográfica del Ebro. "Desde que la Audiencia Nacional sentenció Biscarrues, en UAGA teníamos claro que había que defender Almudévar y demostrar el interés general superior de este embalse. Por eso nos personamos como afectados ante la denuncia de los ecologistas", ha dicho José Manuel Penella, responsable de Desarrollo Rural de la organización. 

Los ecologistas sabían de la dificultad de que prosperara el recurso. "Éramos conscientes de la dificultad que ofrece la casación actual, pero había que intentarlo. La única lucha que se pierde es la que no se libra", ha dicho tras conocer la decisión del Supremo el abogado de la organización, Jaime Doreste.

Los ecologistas fundamentaban su recurso en la inclusión del embalse en un proyecto mayor denominado Biscarrués-Almudévar, por lo que debieron evaluarse ambientalmente y tramitarse de forma conjunta; la falta de justificación de su viabilidad económica, cuando el coste será muy elevado al tener que llenarse mediante bombeo y no por embalse de las aguas; y la inviabilidad técnica, ya que al tratarse de una enorme balsa artificial que no se nutre de aguas corrientes de un río será muy difícil su llenado. También reprochaba la ausencia de un proyecto de restitución territorial y que los regantes solo iban a pagar el 50% del presupuesto de las obras.

La sentencia desmontó uno a uno estos argumentos. En primer lugar, creyó "evidente" que el proyecto de construcción ha tenido una tramitación, evaluación y aprobación "claramente diferenciada" de Biscarrués y no existió fraccionamiento indebido de la obra. 

Respecto a los costes de inversión, apuntó a un informe de 2012, según el cual los regantes no pagan solo el 50% sino que la recuperación final prevista "muestra equiparación entre gastos e inversiones". Los usuarios asumen además íntegramente el coste energético a través de la tarifa de utilización de agua, sin carga para la administración.

La sentencia también respaldó la viabilidad técnica. Consideró que el embalse se podrá llenar, según los estudios existentes, no solo de enero a marzo, como mantenían los ecologistas. En cuanto al proyecto de restitución, recuerda que esta cuestión ya fue analizada en la anterior sentencia por el recurso del Ayuntamiento.

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